AMIA: la Corte pidió que "se dicte sentencia a la brevedad"
El máximo tribunal hizo lugar a una queja de la querella de Memoria Activa. Consideró que la Sala II de la Cámara de Casación Penal no observó el derecho a un pronunciamiento rápido. Y admitió que hubo "retardo de Justicia". El fallo completo de la Corte.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a una queja impulsada por la querella que integran familiares de Memoria Activa, en la causa por el encubrimiento del atentado a la AMIA. Habían invocado retardo de justicia, y el máximo tribunal les dio la razón.
En concreto, el fallo de la Corte ordenó a la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal que "se imprima a la causa el trámite que prevé el Código Procesal Penal de la Nación y se dicte sentencia a la brevedad, la que deberá ser inmediatamente comunicada a esta Corte".
Luego de la medida dispuesta, el abogado Rodrigo Borda consideró que "es muy importante", en tanto que "acelera los tiempos del trámite demorado" en la Casación. Borda se refirió así al recurrido fallo del juez Gabriel Cavallo, que sobreseyó en 1997 al ex juez Juan José Galeano y otros acusados de encubrimiento en la causa por el atentado de 1994 contra la AMIA.
La resolución adoptada por los magistrados fue dictada el miércoles pasado, pero recién se conoció ayer. En sus considerandos, el tribunal que preside Ricardo Lorenzetti entendió que "la Cámara de Casación Penal estaría incurriendo en retardo de justicia al no haber resuelto aún" sobre al recurso que ingresó a esa instancia en 2007.
En diálogo con la agencia Télam, Borda –querellante por familiares que integran la Asociación Memoria Activa– afirmó que la resolución de la Corte configura además "un mensaje respecto del trámite que deberá imprimirse en el juicio" contra el ex juez Galeano y otros acusados en el proceso que se les sigue por el delito de encubrimiento, un expediente que está a cargo del Tribunal Oral Federal 2.
Elevada a juicio en 2011, en la causa se encuentran imputados Galeano, Hugo Anzorreguy, Rubén Beraja, Carlos Telleldín y otros. Se los acusa del armado de pistas falsas, la realización de detenciones ilegales y el pago de 400 mil dólares al mismo Telleldín, con el objetivo de desviar la investigación del atentado a la AMIA.
En su decisión, la Corte recordó que "la garantía constitucional de defensa en juicio incluye el derecho a obtener un pronunciamiento rápido dentro de un plazo razonable", que en este caso "no ha sido debidamente observado" por la Casación.
En concreto, el fallo de la Corte ordenó a la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal que "se imprima a la causa el trámite que prevé el Código Procesal Penal de la Nación y se dicte sentencia a la brevedad, la que deberá ser inmediatamente comunicada a esta Corte".
Luego de la medida dispuesta, el abogado Rodrigo Borda consideró que "es muy importante", en tanto que "acelera los tiempos del trámite demorado" en la Casación. Borda se refirió así al recurrido fallo del juez Gabriel Cavallo, que sobreseyó en 1997 al ex juez Juan José Galeano y otros acusados de encubrimiento en la causa por el atentado de 1994 contra la AMIA.
La resolución adoptada por los magistrados fue dictada el miércoles pasado, pero recién se conoció ayer. En sus considerandos, el tribunal que preside Ricardo Lorenzetti entendió que "la Cámara de Casación Penal estaría incurriendo en retardo de justicia al no haber resuelto aún" sobre al recurso que ingresó a esa instancia en 2007.
En diálogo con la agencia Télam, Borda –querellante por familiares que integran la Asociación Memoria Activa– afirmó que la resolución de la Corte configura además "un mensaje respecto del trámite que deberá imprimirse en el juicio" contra el ex juez Galeano y otros acusados en el proceso que se les sigue por el delito de encubrimiento, un expediente que está a cargo del Tribunal Oral Federal 2.
Elevada a juicio en 2011, en la causa se encuentran imputados Galeano, Hugo Anzorreguy, Rubén Beraja, Carlos Telleldín y otros. Se los acusa del armado de pistas falsas, la realización de detenciones ilegales y el pago de 400 mil dólares al mismo Telleldín, con el objetivo de desviar la investigación del atentado a la AMIA.
En su decisión, la Corte recordó que "la garantía constitucional de defensa en juicio incluye el derecho a obtener un pronunciamiento rápido dentro de un plazo razonable", que en este caso "no ha sido debidamente observado" por la Casación.
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