25 de junio de 2013

La Rural: Gils Carbó afirmó que "el Estado quedó indefenso"

La procuradora elevó un dictamen a la Corte donde sostuvo que la Cámara Civil y Comercial "violó el debido proceso".

Para la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, la Cámara en lo Civil y Comercial Federal –el mismo tribunal que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Medios– "dejó al Estado en situación de indefensión" en la causa en la que suspendió, por vía de una medida cautelar, el decreto que establecía la recuperación del Predio Ferial de Palermo, vendido a la Sociedad Rural (SRA) en un precio sensiblemente menor al real durante el gobierno de Carlos Menem. 

Se trata de la cautelar que, desde principios de año, mantiene paralizado el decreto de recuperación del solar palermitano, y esa decisión podría prolongarse por todo el tiempo que durara el proceso, que suele ser muy largo. Por caso, la Ley de Medios hace casi cuatro años que está tramitando en la justicia y todavía no hay una resolución definitiva.
"La Cámara desconoció que la garantía de la defensa en juicio incluye el derecho a conocer de antemano y con precisión las reglas del procedimiento a las que las partes han de atenerse para hacer valer sus derechos", sostuvo Gils Carbó quien, mediante un dictamen de cuatro páginas, le recomendó a la Corte Suprema que retrotraiga la situación a enero de este año, cuando el tribunal habilitó la feria judicial de verano para suspender los efectos del decreto 2552/12.
El artículo primero de esa norma disponía: "Revócase, por estar afectado de nulidad absoluta, el Decreto Nº 2699/91, así como todos aquellos actos dictados en consecuencia del citado decreto, por adolecer de igual nulidad." Se trataba de la operación firmada el 20 de diciembre de 1991 por la cual el Estado nacional vendió a la SRA el predio –ubicado entre las Avenidas Santa Fe y Sarmiento y las calles Cerviño y Oro– por unos 30 millones de pesos/dólares, cuando la tasación de mercado indicaba que valía por lo menos 100 millones más.
En la primera semana de enero, la sala de feria de Cámara, integrada por los jueces Graciela Medina, Francisco de las Carreras y Ricardo Guarinoni, suspendió el decreto de recuperación de los terrenos y consideró que la SRA es "la propietaria del predio ferial de Palermo".
Dos días después, el Estado pidió la "habilitación de la feria judicial", es decir, que los jueces trabajaran durante enero, para poder apelar el fallo. El tribunal dio por sentado que la feria estaba abierta y, con ella, quedaba "implícita la posibilidad del ejercicio del derecho de defensa". Terminado enero, el Estado presentó los recursos extraordinarios, pero para entonces, según la Cámara, se habían vencido los plazos.
Para la procuradora Gils Carbó, la Cámara "después de habilitar la feria judicial para tratar el tema, no precisó las reglas del procedimiento que el Estado debía conocer para hacer valer sus derechos". En consecuencia, quedó indefenso y cautivo de una medida cautelar que, por una confusa cuestión de procedimientos, no podría ser revisada por la Corte Suprema, pese a que dejaba en suspenso una norma legal dictada por el Poder Ejecutivo.
Así, según la jefa de los fiscales, la Cámara "violó la garantía del debido proceso" porque, en resumidas cuentas, le dijo al Estado que podía apelar, pero lo hizo cuando los plazos ya estaban vencidos. Y así, el Estado quedó desamparado.
De esa manera, añadió la procuradora, se violentó la "garantía de la defensa en juicio", que "incluye el derecho a conocer de antemano y con precisión las reglas del procedimiento a las que las partes deben amoldarse para hacer valer sus derechos".
Tiempo argentino

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