El Senado aprobó el proyecto que restringe los beneficios a violadores
Por unanimidad, sancionó el régimen complementario a la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad.
La propuesta aprobada obliga a los jueces a tener contacto con los condenados antes de otorgar un beneficio.
El Senado aprobó por unanimidad un proyecto de ley con media sanción de Diputados, que crea un régimen complementario a la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la libertad, y establece nuevos procedimientos en los casos de condenados por violación y abuso sexual. Los senadores avalaron la iniciativa de la Cámara de origen pero realizaron una modificación clave, a través de un artículo que prohíbe las salidas transitorias a los condenados por violación seguida de muerte. La propuesta será girada ahora a la Cámara Baja para una segunda revisión. "Se necesitó de un nuevo hecho que conmovió al país para desempolvar un proyecto que fue aprobado el año pasado por Diputados", cuestionó el senador radical, Luis Naidenoff, haciendo referencia al caso de Tatiana Kolodziez, la joven chaqueña asesinada por un violador condenado a 24 años de prisión, con libertad condicional.
El proyecto establece que, antes de conceder salidas transitorias o libertad condicional a los reos que hayan cometido el delito de abuso sexual, se requerirá un informe previo por parte de un equipo interdisciplinario del juzgado de ejecución. Y prevé que, en caso de ser concedido con el beneficio, se deberá disponer de un acompañante o algún tipo de dispositivo electrónico mientras el recluso esté en libertad.
La propuesta aprobada obliga también al magistrado a tener conocimiento directo del condenado antes de poder brindar el beneficio. Este fue un tema clave en el caso Tatiana Kolodziez. La libertad condicional otorgada por el juez Axel López al asesino se había resuelto cuando este estaba en Chaco y el magistrado en Buenos Aires. El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), había cuestionado al respecto que el pedido de juicio político a López era una salida facilista que dejaba de lado las fallas estructurales en los controles de las penas. "Sólo existen dos jueces de ejecución con sede en la Ciudad de Buenos Aires que deben controlar miles y miles de expedientes correspondientes a personas detenidas a cientos y cientos de kilómetros", señalaron desde el Instituto.
En este sentido, Fabiana Túñez, de la ONG La Casa del Encuentro festejó la media sanción e indicó que esto va a generar que los jueces tengan una posición más prudente y específica en el control de las penas de los condenados por estos delitos. "No puede ser que no lean expedientes y no conozcan a las personas. No se toman todos los recaudos, cuando se trata de personas de una alta peligrosidad. No hay que olvidarse que en estos delitos hay un alto índice de reincidencia", indicó Túñez, y agregó: "Independientemente de que hay muchas cosas para reformar en los procedimientos y en el hecho de que los jueces están tapados de causas, también es cierto que hay una ideología en la justicia que debemos desterrar, una ideología que permite que el violador cuente con beneficios y se produzcan nuevas víctimas."
"Hay que revisar la formación de la policía, de los abogados, de los elementos para la investigación y la prevención de estos delitos tan sensibles", manifestó asimismo el titular de la bancada del Frente para la Victoria, Miguel Ángel Pichetto, luego de ironizar sobre otro caso emblemático del último tiempo, el crimen de Sofía Viale. "Parece que eran más inteligentes los perros que la propia policía", dijo, ya que el violador y asesino vivía a una cuadra y media del domicilio de la víctima. Asimismo, el senador oficialista Aníbal Fernández señaló que, si bien se trata de un paso importante, "no es suficiente" y se debe seguir trabajando al respecto.
"Yo creo que hay que incorporar esas restricciones en las libertades condicionales también a los homicidas, porque podemos caer en el peligro de igualar para abajo. Asesinos y violadores no son lo mismo que los ladrones. Si no podemos diferenciar esta situación se hace muy difícil la persuasión y la inserción social de los pibes que roban, y ven como personas que cometen delitos irreversibles, terminan teniendo el mismo trato que ellos", señaló a este diario la abogada Florencia Arietto, de la ONG Arde la Ciudad. «
El proyecto establece que, antes de conceder salidas transitorias o libertad condicional a los reos que hayan cometido el delito de abuso sexual, se requerirá un informe previo por parte de un equipo interdisciplinario del juzgado de ejecución. Y prevé que, en caso de ser concedido con el beneficio, se deberá disponer de un acompañante o algún tipo de dispositivo electrónico mientras el recluso esté en libertad.
La propuesta aprobada obliga también al magistrado a tener conocimiento directo del condenado antes de poder brindar el beneficio. Este fue un tema clave en el caso Tatiana Kolodziez. La libertad condicional otorgada por el juez Axel López al asesino se había resuelto cuando este estaba en Chaco y el magistrado en Buenos Aires. El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), había cuestionado al respecto que el pedido de juicio político a López era una salida facilista que dejaba de lado las fallas estructurales en los controles de las penas. "Sólo existen dos jueces de ejecución con sede en la Ciudad de Buenos Aires que deben controlar miles y miles de expedientes correspondientes a personas detenidas a cientos y cientos de kilómetros", señalaron desde el Instituto.
En este sentido, Fabiana Túñez, de la ONG La Casa del Encuentro festejó la media sanción e indicó que esto va a generar que los jueces tengan una posición más prudente y específica en el control de las penas de los condenados por estos delitos. "No puede ser que no lean expedientes y no conozcan a las personas. No se toman todos los recaudos, cuando se trata de personas de una alta peligrosidad. No hay que olvidarse que en estos delitos hay un alto índice de reincidencia", indicó Túñez, y agregó: "Independientemente de que hay muchas cosas para reformar en los procedimientos y en el hecho de que los jueces están tapados de causas, también es cierto que hay una ideología en la justicia que debemos desterrar, una ideología que permite que el violador cuente con beneficios y se produzcan nuevas víctimas."
"Hay que revisar la formación de la policía, de los abogados, de los elementos para la investigación y la prevención de estos delitos tan sensibles", manifestó asimismo el titular de la bancada del Frente para la Victoria, Miguel Ángel Pichetto, luego de ironizar sobre otro caso emblemático del último tiempo, el crimen de Sofía Viale. "Parece que eran más inteligentes los perros que la propia policía", dijo, ya que el violador y asesino vivía a una cuadra y media del domicilio de la víctima. Asimismo, el senador oficialista Aníbal Fernández señaló que, si bien se trata de un paso importante, "no es suficiente" y se debe seguir trabajando al respecto.
"Yo creo que hay que incorporar esas restricciones en las libertades condicionales también a los homicidas, porque podemos caer en el peligro de igualar para abajo. Asesinos y violadores no son lo mismo que los ladrones. Si no podemos diferenciar esta situación se hace muy difícil la persuasión y la inserción social de los pibes que roban, y ven como personas que cometen delitos irreversibles, terminan teniendo el mismo trato que ellos", señaló a este diario la abogada Florencia Arietto, de la ONG Arde la Ciudad. «
es ley la reclusión perpetua por femicidio
Por unanimidad, la cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley sobre femicidio tal como lo había votado esa Cámara en abril de este año, y así dejó sin efectos las modificaciones realizadas por el Senado, que creaba una figura penal autónoma, a través de un nuevo artículo, el 80 bis.
La ley actual modifica los incisos del artículo 80 del Código Penal, y otorga la pena máxima al “ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”, y a quienes hayan cometido un delito por “odio de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”, ya que hasta el momento sólo se contemplan los delitos “por placer, codicia, odio racial o religioso”. Además, estipula un nuevo agravante cuando “el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”.
Además, se reforzarán las penas para los casos de “homicidio vinculado”, esto es, el homicidio de otra persona con el fin de causar sufrimiento a una persona con la que ha mantenido o mantiene
Las modificaciones del Senado habían incorporado las recomendaciones del Ministerio de Justicia de la nación y respondían al pedido de las organizaciones de mujeres vinculadas al tema. Sin embargo, los diputados evaluaron que no había razones que ameriten la incorporación de un nuevo artículo y por eso, debieron juntar más de dos tercios de la Cámara para insistir con el texto original.
La ley actual modifica los incisos del artículo 80 del Código Penal, y otorga la pena máxima al “ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”, y a quienes hayan cometido un delito por “odio de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”, ya que hasta el momento sólo se contemplan los delitos “por placer, codicia, odio racial o religioso”. Además, estipula un nuevo agravante cuando “el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”.
Además, se reforzarán las penas para los casos de “homicidio vinculado”, esto es, el homicidio de otra persona con el fin de causar sufrimiento a una persona con la que ha mantenido o mantiene
Las modificaciones del Senado habían incorporado las recomendaciones del Ministerio de Justicia de la nación y respondían al pedido de las organizaciones de mujeres vinculadas al tema. Sin embargo, los diputados evaluaron que no había razones que ameriten la incorporación de un nuevo artículo y por eso, debieron juntar más de dos tercios de la Cámara para insistir con el texto original.
casos que causaron conmoción
Los dos casos públicos más recientes de víctimas de violadores reincidentes en libertad condicional los protagonizaron Tatiana Kolodziey, de 33 años, y Sofía Viale, de 12, en Chaco y La Pampa, respectivamente. La mujer fue secuestrada en la noche del sábado 20 de octubre cuando subió a un remise en la localidad chaqueña de Fontana y estuvo desaparecida tres días hasta que su cadáver fue hallado. Tenía signos de haber sufrido abuso sexual. Por el caso fue detenido Juan Ernesto Cabeza, un tucumano de 52 años que trabajaba en la casa de vehículos de alquiler a la que acudió la víctima. El hombre estaba condenado a 24 años de cárcel por varias violaciones, pero aún así el juez Axel López lo dejó salir de prisión. El de la niña tiene ribetes más penosos: había desaparecido el 31 de agosto en el barrio de General Pico donde vivía con su familia.
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