2 de julio de 2015


Expectativa por la resolución de Furnari al planteo de Cabral

Al cierre de esta edición, había movimientos en el Juzgado Nº 2 para decidir si el magistrado debe permanecer o no en su cargo interino en Casación. Furnari tomó dos decisiones claves: aceptar la competencia para intervenir y el pedido del juez cesado para tomar una decisión sin escuchar a la Magistratura.

Expectativa por la resolución de Furnari al planteo de Cabral
Los tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal cocinaban anoche, a fuego lento, una resolución al planteo del juez Luis Cabral para ser repuesto en la subrogancia de Casación Penal. A última hora aún había movimientos en el Juzgado Nº 2, a cargo de Esteban Furnari.
La decisión es inminente. En un trámite veloz, el juez decidió pasar el expediente a la etapa de resolución, sin dar intervención al Consejo de la Magistratura, la contraparte de Cabral en el expediente.
Furnari adoptó ayer dos decisiones relevantes en la causa. Aceptó la "competencia" para intervenir y el pedido de Cabral para resolver "in audita parte", esto es sin escuchar a quien resulta demandado por Cabral, la Magistratura, del cual él es consejero.
 Lo hizo "en atención al tenor de las manifestaciones" de Cabral "en el escrito de inicio, su expresa petición a fin de que la medida cautelar sea resuelta in audita parte y considerando que el informe previo establecido en el artículo 4, inciso 1, de la Ley 26.854 deviene inconstitucional".
¿Qué hizo Furnari? Declarar la inconstitucionalidad de parte de la ley que limita el uso abusivo de las medidas cautelares contra el Estado. La parte que dice que "solicitada la medida cautelar, el juez (...)  deberá requerir a la autoridad pública demandada que, dentro del plazo de cinco días, produzca un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud". El artículo en cuestión determina que "sólo cuando circunstancias graves e impostergables lo justificaran, el juez podrá dictar una medida interina, cuya eficacia se extenderá hasta el momento de la presentación del informe o del vencimiento del plazo fijado para su producción".
La declaración de "inconstitucionalidad" fue adoptada –explicó Furnari- "puesto que el tiempo que insumiría su trámite atenta contra la tutela judicial efectiva. En caso de admitirse la cautelar, esta podría resultar meramente ilusoria". Algo de eso ya pasa: el conjuez que remplazará a Cabral juró en su cargo y está interviniendo en las causas.
Furnari sorteó uno de los pasos establecidos en la legislación y quedó en condiciones de resolver el pedido de Cabral. Al cierre de esta edición, el juez trabajaba en ello. Los abogados del juez  pidieron la inconstitucionalidad de la ley de subrogancias. Allegados a Cabral confiaban anoche que el fallo de Furnari lo favorecerá. Pese a que buena parte del Poder Judicial planteó su enojo con la Corte porque no fue ella la que por vía administrativa repusiera a Cabral, el juez relativizó la decisión.
Cabral pareció coincidir con la decisión del tribunal que preside Ricardo Lorenzetti, con quien mantiene una estrecha relación. "Siempre pensé en una solución por vía jurisdiccional". El fallo "no se contrapone de ninguna manera" a su reclamo, enfatizó.
Y pronosticó: "Espero que entre hoy o mañana esté resuelta la medida cautelar que pedí. No pueden desplazarme". Cabral conoce de tiempos y vaticinios judiciales como pocos jueces en el país. «


IDEÓLOGO
«El ideólogo de la salida de Cabral es el propio Cabral. No fue designado por el sistema vigente, sino invitado por un juez que se jubilaba.»
Julián Álvarez
Secretario de Justicia


RATIFICACIÓN
«La Corte ratificó la facultad constitucional y legal del Consejo de la Magistratura para designar subrogantes.»
Gabriela Vázquez
Pta. del Cons. de la Magistratura


SENTIDO COMÚN
«Somos todos esclavos de la ley y Cabral también. Lo que se hizo fue de sentido común y cumplimiento a la ley.»
Juliana Di Tullio
Diputada nacional - FPV

 Tiempo argentino

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