5 de julio de 2016

LA CAMARA DISPUSO LA EXCARCELACION DE LOS SEIS PRINCIPALES IMPUTADOS POR LA FIESTA TRAGICA

Acusaciones menos graves por Time Warp

Todos seguirán procesados, pero bajo delitos más livianos: facilitar lugar para la compra y venta de drogas y homicidio culposo. La decisión beneficia a Adrián Conci, presidente de la productora del evento, y al abogado mediático Víctor Stinfale.
La Sala II de la Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento de los seis principales imputados en la causa por la muerte de cinco jóvenes por consumo de drogas sintéticas en la fiesta Time Warp, realizada el 15 de abril en Costa Salguero, pero al mismo tiempo revocó la prisión preventiva que pesaba sobre ellos. La decisión del tribunal hace posible la excarcelación, entre otros, del empresario Adrián Conci, presidente de Dell Producciones; del apoderado de la firma, Carlos Garat, y del mediático abogado Víctor Stinfale, quien cumplía prisión domiciliaria. El cese de las detenciones se debe a que la Cámara modificó la calificación del delito de “comercio de estupefacientes y abandono de persona seguido de muerte” a “facilitación del lugar para consumo y venta de estupefacientes, homicidio culposo y lesiones graves culposas”. Además de las cinco muertes, otros cinco jóvenes tuvieron que ser internados en grave estado.
La resolución de la Sala II, con la firma de los camaristas Eduardo Farah y Martín Irurzun, alivió también la situación procesal del también apoderado de Dell Producciones, Máximo Avila; del encargado de Seguridad Carlos Penisse, y de Martín Gontad, uno de los organizadores de la fiesta que terminó en tragedia. En el fallo, los camaristas revocaron las prisiones preventivas dictadas por el juez federal Sebastián Casanello, a cargo de la causa, por el hecho de fijar una carátula menos gravosa y también por entender que “ya no existen riesgos procesales de entorpecimiento” de la investigación. De todos modos, se confirmaron los embargos de los seis imputados hasta completar un monto millonario.
El juez Casanello los había procesado con prisión preventiva por los delitos de “comercio de estupefacientes agravado y abandono de persona seguido de lesiones y muerte”, pero los camaristas Farah e Irurzun entendieron que para configurar esa calificación se requería probar la existencia de un hecho doloso al que no se habría llegado en este caso.
“Los responsables de la organización quebrantaron sus obligaciones con el objetivo de obtener el mayor rédito posible, limitándose a cubrir en teoría –es decir, para la cantidad de asistentes declarada– los requerimientos formales que se exigían para su habilitación”, sostuvieron en el fallo. Los integrantes de la Sala II consideraron que “se ha acreditado que el personal de seguridad contratado –formal e informalmente–, fue designado para actuar en los lugares periféricos a efectos de controlar –y contabilizar– el ingreso, mas ninguno estuvo destinado a monitorear cuanto ocurría en el interior donde se encontraban, precisamente, los concurrentes”.
“La ausencia –o silencio– de todos los que debían velar por el normal desarrollo es, a criterio del Tribunal, demostrativo de que la voluntad nunca estuvo dirigida a proteger a los concurrentes, finalidad a la que tiende la regulación administrativa al exigir, entre otras, la presencia de personal de seguridad, médicos, socorristas y bomberos”, dijeron en otro párrafo. Agregaron que, por el contrario, la organización se dirigió a “cubrir exclusiva y excluyentemente las exigencias particulares de una parte importante del mercado como vehículo para garantizar el éxito económico del evento: proveer un ambiente donde la venta y el consumo de estupefacientes se desarrollara sin inconvenientes”.
Los camaristas señalaron también que “las sustancias ilícitas halladas tanto en el predio como en el organismo de las víctimas” fueron adquiridas “dentro o fuera” del complejo Costa Salguero dado que “ambas cosas eran posibles” y que “su consumo evidentemente se produjo durante el transcurso de esa noche”, en referencia a la fiesta electrónica, que comenzó el viernes 15 de abril y continuó has la mañana del sábado 16.
El juez Casanello fijo las fianzas para el abogado Víctor Stinfale y los demás procesados beneficiados con la excarcelación. Fuentes judiciales informaron que se impuso una fianza de tres millones de pesos para Stinfale, quien continuará bajo el régimen de prisión domiciliaria hasta que la defensa deposite esa suma en una cuenta bancaria dispuesta por el tribunal. Se dijo que los montos de la caución fueron fijados por Casanello de acuerdo con la capacidad patrimonial de cada uno de los procesados y el grado de responsabilidad que se les atribuye.
La fianza fijada para Adrián Conci es de dos millones de pesos, mientras que para Garat se estableció un monto de un millón y medio, y para Daniel Penisse de un millón de pesos. Al igual que Stinfale, los procesados irán recuperando su libertad a medida que realicen el depósito bancario con la suma establecida para cada uno. En la causa, también están procesados cinco inspectores del gobierno porteño, señalados por Casanello como “partícipes necesarios” de los delitos que se investigan. Se trata del gerente operativo de Eventos Masivos de la Dirección General de Fiscalización y Control de la Agencia Gubernamental de Control, Claudio Iacobaccio; el coordinador Fernán García Vázquez y los inspectores Pablo Germán Fontanellas, Gustavo Alberto Herms y Néstor Ricardo Cella.
Por si fuera poco, en la causa también están siendo investigados 26 integrantes de la Prefectura Naval Argentina, la mayoría de ellos integrantes de la División Narcotráfico de la fuerza, cuya misión era la de controlar que no se vendiera droga en la fiesta. Entre los sospechosos está Néstor Alarcón Torres, del Departamento de Investigaciones de Narcotráfico, a quien el fiscal Federico Delgado lo había señalado porque “no hizo absolutamente nada” y “sin esa indiferencia intencional y deliberada”, no se podría haber llevado adelante el negocio en beneficio de los organizadores. Además, en el caso hay tres prófugos: Walter Santángelo, Diego Herrera y Facundo González.
Pagina 12

No hay comentarios: