14 de octubre de 2016

 LOS DIPUTADOS FIRMARON EL DICTAMEN DEL PROYECTO DE LEY IMPULSADO POR EL OFICIALISMO

Segunda vuelta para los arrepentidos

La ampliación de la figura del arrepentido para casos de corrupción había sido modificada por el Senado debido a las críticas recibidas. El Gobierno aspira a convertirla en ley la semana próxima.
Un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados emitió dictamen del proyecto que busca ampliar la figura del arrepentido en el Código Penal para que abarque casos de corrupción, delitos contra el Código Aduanero y asociación ilícita. La iniciativa había sido modificada por el Senado debido a la catarata de críticas hechas por especialistas y por eso volvió a Diputados, donde el oficialismo espera convertirla en ley la semana próxima, en el marco de una maratónica sesión donde se debatirá además el proyecto de reforma electoral.
La iniciativa recibió ayer dictamen en las comisiones de Legislación Penal y de Seguridad Interior, donde se avalaron los cambios que introdujo el Senado al texto, que había sido aprobado en Diputados semanas atrás. El proyecto busca reducir las penas a toda persona imputada que brinde información comprobable sobre casos de corrupción. De acuerdo al texto, en ningún caso el arrepentido podrá acceder a la eximición de prisión y sólo podrá acogerse al beneficio en caso de que la información que proporcione esté referida a delitos tipificados con una pena igual o mayor a la suya. En tanto, si el arrepentido tuviera una pena de reclusión perpetua, la reducción no podrá ser mayor a 15 años.
También establece que el acuerdo de colaboración se celebrará exclusivamente entre el fiscal y las personas que brinden información. A pesar de que el Frente Renovador había intentado que se aplicara para casos de lesa humanidad, esto fue modificado porque los organismos de derechos humanos lo vieron como un atajo para garantizar impunidad.
Algunos especialistas, como León Arslanián, consideran que se trata de una figura inconstitucional porque ningún acusado puede declarar en su contra. Otros, incluso el oficialista Ricardo Gil Lavedra, advierten que se deposita en esta herramienta una esperanza desmedida para el avance de los casos de corrupción.
Entre las modificaciones que introdujo el Senado debido a la multiplicidad de críticas recibidas se encuentra el artículo que establece que el plazo límite para ejercer el derecho a arrepentirse sea la elevación a juicio oral de la causa. Otro de los artículos que se agregó establece que el arrepentido puede acogerse a ese beneficio en un proceso penal del que es parte y que debe señalar a personas con su misma responsabilidad o mayor. Sólo podrá referirse a situaciones de las que estuvo involucrado y nunca a declaraciones de terceros.
Si bien la figura del “arrepentido” ya estaba prevista en casos como el narcotráfico y secuestros, el proyecto incluye también la asociación ilícita, la corrupción y delitos contra el Código Aduanero.
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