22 de octubre de 2016

EXTENDIERON HASTA EL 21 DE NOVIEMBRE EL PLAZO PARA DEPOSITAR EFECTIVO PARA EL BLANQUEO

Una prórroga que evidencia problemas

La AFIP justificó la decisión en los inconvenientes de los bancos para concretar en tiempo la apertura de las cuentas, aunque la razón pareciera ser la escasa adhesión registrada hasta ahora. La polémica prórroga se habilitó modificando la ley a través de una resolución.
El Gobierno oficializó ayer la prórroga que amplía hasta el 21 de noviembre la posibilidad de depositar efectivo para el blanqueo. En la AFIP afirman que se trata sólo de una “flexibilización”, pues el plazo para abrir las cuentas bancarias es el 31 de octubre y lo que se extiende hasta el 21 de noviembre es sólo la fecha para depositar los fondos en las entidades financieras. Sin embargo, el artículo 38 de la ley 27.260 es claro sobre el tema: “La declaración voluntaria y excepcional, se efectuará del siguiente modo: (...) c) Tratándose de tenencias de moneda nacional o extranjera en efectivo en el país, mediante su depósito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, en entidades comprendidas en el régimen de las leyes 21.526 y sus modificatorias y 26.831, lo que deberá hacerse efectivo hasta el 31 de octubre de 2016, inclusive”. La AFIP justificó la decisión en los inconvenientes que están teniendo los bancos para concretar en tiempo y forma las aperturas de las cuentas, aunque la razón pareciera ser la escasa adhesión registrada hasta el momento.
La flexibilización fue oficializada ayer en el Boletín Oficial a través de la resolución general 3947. De este modo, la AFIP modificó el inciso C del artículo 44 a través de una resolución.
Hasta el momento, las entidades financieras sostienen que los interesados abren las cuentas pero no depositan el dinero, lo que, especulan, responde a una estrategia de esperar a ver cuál es el éxito que tendrá el blanqueo. El secretario de Finanzas, Luis Caputo, había criticado hace algunas semanas la escasa celeridad con la que trabajan los bancos, lo que, según dijo, estaba retrasando la adhesión de los contribuyentes el Régimen de Sinceramiento Fiscal (blanqueo). El enojo del equipo económico responde a que el gobierno apostó al éxito del blanqueo como fuente de ingreso de capitales. Los bancos consultados aseguran que se están llevando a cabo aperturas de cuentas, pero la mayoría se mantienen vacías. “En las que se coloca dinero no se deposita más de 100 mil dólares”, aseguró a este diario Sergio Galván, economista en jefe del Santander Río. Por su parte, el presidente del Provincia, Juan Curutchet, sostuvo que esta semana se duplicaron las cuentas en los bancos”, y vaticinó que para la próxima se cuadruplicarán.
Pese a esas expresiones de deseo, el gobierno considera que el blanqueo no está tomando el ritmo esperado y apunta a los bancos. “El Banco Central de la República Argentina ha puesto en conocimiento de este organismo la preocupación manifestada por las Asociaciones de Bancos respecto de la imposibilidad de atender, dentro de los plazos legales previstos, las demandas operativas referidas al sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior”, señaló ayer la AFIP en la resolución de la prórroga de los plazos. El ente recaudador a cargo de Alberto Abad justificó la decisión de prorrogar algunos plazos en los paros decretados por el gremio bancario durante este mes, según explicaron a este diario desde ese organismo.
Desde los bancos aducen desinteligencias entre los distintos organismos al momento de definir la documentación a presentar. En el caso de que el blanqueo se haga en un banco en el que la persona no tenga cuenta previamente, las entidades financieras están obligadas a solicitar la declaración jurada de Ganancias por disposición de la Unidad de Información Financiera (UIF). Si se es cliente, el banco ya tiene esa información anual.
“La AFIP extiende la fecha de los depósitos con el objetivo de facilitar los trámites a los ciudadanos con intenciones de adherirse al blanqueo de capitales previsto en la ley 27.260, conocida como Régimen de Sinceramiento Fiscal, aunque mantiene el espíritu de la norma en cuanto a la fecha límite para la apertura de las cuentas especiales, que vencerá a fin de mes”, destaca el organismo. En los últimos meses, para evitar que fracaso del blanqueo, dictó distintas normas aclaratorias para agilizar y facilitar los trámites de los adherentes al sinceramiento fiscal. Los requisitos para avanzar con este trámite contemplan, como paso inicial, la apertura de una cuenta especial en un banco. Se prevén tres clases de cuentas: una para los que pagan el 10 por ciento de arancel sobre el total del efectivo blanqueado, y otras dos para lo que compren bonos o fondos comunes de inversión.
Posteriormente, se deberá declarar el monto a blanquear en la web de la AFIP y generar un volante electrónico de pago (VEP), ya que aquellos que quieran depositar el equivalente a más de 305.000 pesos pagarán un adelanto del impuesto del uno por ciento. Una vez obtenido el comprobante de pago, el contribuyente estará habilitado para realizar el depósito de efectivo en el banco, para luego generar un nuevo VEP para el pago del impuesto restante.
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