5 de mayo de 2017

EL TOF 5 RECHAZÓ EL PEDIDO DE 2 X 1 PARA EL REPRESOR GIRBONE
Primer revés para un genocida
Los genocidas se apresuraron a pedir su libertad tras el fallo de la Corte Suprema y ya tuvieron dos reveces. El Tribunal Oral Federal 5 desestimó el recurso de Héctor Salvador Girbone, condenado por entregar bebés. En Mendoza también rechazaron el pedido de un ex comisario.
El Tribunal Oral Federal 5 rechazó la presentación del coronel retirado Héctor Salvador Girbone, condenado por ser el entregador del nieto recuperado Pablo Javier Gaona Miranda, quien esta mañana fue uno de los 4 genocidas condenados que solicitó el beneficio del "2 x 1", confirmó a PáginaI12 el abogado de Abuelas de Plaza de Mayo, Alan Iud,  y subrayó que en la decisión del tribunal se sostiene que "el fallo de la Corte sobre el caso Muiña no es obligatorio de aplicar en otros casos".  
En tanto, en Mendoza, el Tribunal Oral Federal 2 rechazó un pedido en el mismo sentido realizado por la defensa del excomisario Norberto Mercado, detenido con prisión preventiva desde 2012 por la desaparición de 14 personas. "No puede obviarse que la pretensión de la defensa está desprovista de un mínimo de razones sobre la pertinencia del instituto que reclama", criticaron los jueces. 
En el caso del TOF 5 sobre el pedido realizado por Girbone, los jueces                       Ángel Nardiello, Oscar Hergott y Adriana Palliotti coincidieron en rechazarlo. En el fallo de Palliotti se argumenta que Girbone estuvo menos de dos años en preventiva, tal como lo habilita la legislación penal, por lo que el beneficio del "2 x 1" no es aplicable, tal como lo consideró la Corte, algo en lo que coincidieron los otros dos magistrados.
Pero el abogado de Abuelas resaltó que Nardiello y Hergott "desarrollaron el punto más importante" al sostener que "los fallos de la Corte no son obligatorios, que este último fue elaborado solo para el caso de Muiña y que por lo tanto ellos no están obligados a replicarlo en otros casos. Es muy valiente de su parte".
En 2014, luego de dos meses de juicio oral, el tribunal condenó a Girbone a ocho años de prisión por la "sustracción, retención y ocultamiento” de identidad de Gaona Miranda. También fueron condenados por el mismo delito el matrimonio apropiador, Raquel Alí Ahmed y Salvador Girbone, que anotaron al bebé como su hijo biológico.
Pablo Gaona Miranda fue secuestrado junto a sus padres, María Rosa Miranda y Ricardo Gaona Paiva, el 14 de mayo de 1978,  cuando tenía solo dos meses. Según probó el Tribunal, Girbone se desempeñaba como teniente en Campo de Mayo y estaba a cargo de la seguridad perimetral de la guarnición, donde funcionó una maternidad clandestina y varios centros clandestinos de detención.
El militar fue quien entregó el bebé a su primo Salvador Norberto Girbone, quien lo inscribió como hijo biológico junto a su mujer Raquel Ali Ahmed mediante un certificado de nacimiento apócrifo que firmó un obstetra del hospital militar de la guarnición. Ese médico, Ricardo Lederer, se suicidó en 2012, poco después de que el Banco Nacional de Datos Biológicos confirmara  la verdadera identidad de Pablo Gaona Miranda.
El otro fallo contrario que se registró hoy a partir del beneficio otorgado por la Corte Suprema al represor Luis Muiña se registró en Mendoza, donde el TOF 2 rechazó el pedido de excarcelación de la defensa del excomisario Norberto Mercado, ya que "no evidencia una analogía que permita aplicar esa doctrina". 
El tribunal mendocino, acompañando el rechazo del fiscal de la causa, evitó pronunciarse sobre "consideraciones de fondo sobre la razón o no" del fallo de la Corte Suprema, pero detalló que Mercado aún no está condenado, sino que cumple prisión preventiva, y si se tomara en cuenta el pedido de condenada de la fiscalía, como solicitó la defensa, aún no alcanzaría los dos tercios de la condena solicitada. 
En los considerandos del rechazo, los jueces mendocinos se encargaron de destacar que el abogado defensor Ariel Civit realizó el pedido de excarcelación durante una audiencia del juicio que se lleva adelante contra Mercado, el mismo día del fallo de la Corte a favor de Muiña, y que reconoció que "no había leído el fallo". "No puede obviarse que la pretensión de la defensa está desprovista de un mínimo de razones sobre la pertinencia del instituto que reclama", graficaron los jueces. 
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