12 de diciembre de 2016

El Gobierno sacó un decreto para aclarar que las coimas no se pueden descontar de Ganancias

Es válido sólo para coimas a funcionarios extranjeros. El decreto se produce en medio del debate por la modificación del tributo al impuesto.

El DNU 1246, que fue publicado este lunes en el Boletín Oficial, aclara que las coimas que empresarios paguen a funcionarios públicos no podrán contabilizarse como deducciones.

El decreto lleva la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Hacienda, Alfonso Prat-Gay. En el mismo un párrafo del decreto establece que "a los efectos del Artículo 80 de la Ley, no se considerarán gastos necesarios para obtener, mantener y conservar ganancias gravadas, las erogaciones generadas o vinculadas con la comisión del delito de cohecho de funcionarios públicos extranjeros en transacciones económicas internacionales, resultando improcedente su deducción".
La medida no alcanza a las coimas que se paguen en el país, que ya tiene una pena de entre uno y seis años de prisión, indicó El Destape.
Lo llamativo es que el anuncio se produce en  medio del debate por la modificación del impuesto a las Ganancias. La oposición presentó un proyecto que sube el mínimo no imponible, entre otras medidas, y que ya tuvo la media sanción en Diputados. Esta semana se trata en el Senado con la expectativa que se convierta en Ley y la amenaza del Ejecutivo de vetar la norma. 

El decreto completo: 
Diario Registrado

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