25 de febrero de 2026

Por decreto

El Gobierno confirmó la hora de la apertura de sesiones ordinarias del Congreso: cuándo hablará Javier Milei


La norma se publicó en el Boletín Oficial y fue firmada por el mandatario y el Jefe de Gabinete.

Javier Milei inaugurará el período de Sesiones Ordinarias del Congreso de la Nación. Según se publicó este miércoles en el Boletín Oficial el Decreto 107/2026, la apertura será este domingo 1º de marzo a las 21 hs. Como todos los años, el Presidente brindará un discurso en el que -se espera- se vanaglorie de haber conseguido la aprobación de la Reforma Laboral que arrasa con los derechos de los trabajadores.

  • La maniobra libertaria para sacar al peronismo de la conducción del Senado
  • En los considerandos de la norma, se establece que el Poder Ejecutivo presidirá la apertura de las sesiones del Congreso reunido en Asamblea. “Señálanse las 21:00 horas del día 1° de marzo próximo para la apertura de las Sesiones Ordinarias”, se establece

    El decreto fue firmado por el presidente Milei y por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni. Al igual que en los últimos años, la apertura se realizará por la noche y el discurso se transmitirá por cadena nacional para todo el país.

    De este modo, Milei hablará a partir de las 21 hs frente a los 257 diputados, los 72 senadores y la vicepresidenta, Victoria Villarruel.

    Desde el inicio de la gestión libertaria, el mandatario cambió el horario tradicional de los discursos, que se realizaban al mediodía, y se pasó la ceremonia al prime time televisivo, con el objetivo de captar un mayor encendido y acaparar la atención de los medios de comunicación el lunes.

    Este año la apertura de las sesiones tendrá lugar 48 horas después de la sesión del 27 de febrero en el Senado, último día de las sesiones extraordinarias, en la que se ratificará -o no- la eliminación del artículo 44 de la Ley de Reforma Laboral, que buscaba reducir el pago de licencias médicas al 50% o al 75% del salario, de acuerdo a si la enfermedad era consecuencia de una actividad voluntaria del trabajador y que se eliminó en Diputados tras el fuerte rechazo social.

    En esta última jornada extraordinaria en la Cámara Alta, que se espera sea maratónica, también se tratarán el Régimen Penal Juvenil y la Ley de Glaciares. Por este motivo, se espera que Milei llegue a dar su discurso del 1 de marzo, con importantes victorias legislativas en su haber.

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     Reforma laboral: las licencias médicas de los trabajadores siguen en la mira del Gobierno

    Luego de que Patricia Bullrich admitiera que la retirada del cuestionado artículo 44 sirvió para “blindar” el FAL y otros puntos, el senador Abdalá adelantó que buscarán aprobar una ley en el período ordinario para recortar las licencias pagas.


    El senador libertario Bartolomé Abdalá adelantó que la intención del oficialismo en el Congreso es insistir a través de una nueva ley con el recorte a las licencias por enfermedad para los trabajadores. Se trata de lo que establecía el artículo 44 de la reforma laboral, que fue eliminado en Diputados como parte de una negociación de La Libertad Avanza con sus aliados.

    Yo te aseguro que con el correr del período ordinario va a haber alguna ley nueva que va a venir a corregir ese tema, porque para nosotros también es importante que las licencias exageradas, abusivas, como son algunas que se sufren tanto en lo privado como en el sector público", lanzó Abdalá, recientemente reelecto como presidente provisional de la Cámara alta.

    El senador de LLA repitió generalidades sobre la existencia de “certificados médicos truchos” y remarcó: “Hay que hacer algo“.Ya Patricia Bullrich, jefa del bloque libertario de senadores, había admitido que el artículo 44, que aplicaba descuentos salariales por enfermedad, fue una “distracción” para “blindar” uno de los debates centrales de la reforma laboral: el fondo de Cese Laboral (FAL), que se financiará con plata de los jubilados.

    Manuel Adorni también adelantó ayer que el Gobierno planea volver a discutir el tema de las licencias por enfermedad en el período de sesiones ordinarias en el Congreso y no se descarta que el Presidente haga alguna mención durante su discurso del domingo.

    Tas confirmar que se insistirá con una reforma en las licencias médicas, Abdalá minimizó el cambio realizado en Diputados y descontó que el viernes se sancionará la reforma laboral en el Senado. “Lo de las licencias,es algo menor en lo extenso y en lo bondadoso que es la ley para mejorar el crecimiento en la Argentina”, dijo en diálogo con Infobae. “De ninguna manera la ley que se va a sancionar el viernes es de menor importancia”, planteó.

    Los trabajadores, sin derecho a enfermarse

    El artículo 44 del proyecto de reforma laboral del Gobierno establecía que si un trabajador se lesiona o se enferma realizando una actividad “involuntaria” solo recibirá el 75% de su sueldo básico (sin adicionales) durante un máximo de seis meses, si tiene personas a cargo. En el caso de que el problema de salud sea producto de una “actividad voluntaria” -como realizar algún deporte-, el sueldo se reduce al 50%.

    “Si te lastimaste jugando al fútbol, tu jefe no tiene nada que ver”, lo graficó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

    En la actual Ley de Contrato de Trabajo se establece que en todos los casos de enfermedad o lesión, el trabajador tiene el derecho a percibir el 100% de su salario durante 3 meses si la antigüedad es menor a 5 años o de 6 meses si la antigüedad es mayor a 5 años.

    Qué decía el artículo 44 de la reforma laboral

    ARTÍCULO 44.- Sustitúyese el artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o.1976) y sus modificaciones por el siguiente:

    ARTÍCULO 208.- En caso de sufrir un accidente o una enfermedad que no sea consecuencia de la prestación de tareas derivadas del contrato de trabajo, y que impida dicha prestación, el trabajador tendrá derecho a percibir el 50% (cincuenta por ciento) de su remuneración que perciba al momento de la interrupción de los servicios si la imposibilidad de trabajar fuera producto de una actividad voluntaria y consciente del trabajador que implicara algún riesgo en la salud durante un período de tres (3) meses si el trabajador no tuviera personas legalmente a su cargo, o de seis (6) meses si las tuviera. La recidiva de enfermedades crónicas no será considerada una enfermedad distinta, salvo que se manifestara una vez transcurridos los dos (2) años.

    Si la imposibilidad de trabajar no fuera producto de una actividad voluntaria y consciente del trabajador sobre el riesgo en la salud, percibirá el 75% (setenta y cinco por ciento) de tal remuneración, en cualquier caso, durante el mismo periodo de tiempo dispuesto en el párrafo precedente.

    La suspensión por causas económicas o disciplinarias dispuestas por el empleador no afectará el derecho del trabajador a percibir la remuneración parcial por los plazos previstos, sea que aquélla se dispusiera estando el trabajador enfermo o accidentado, o que estas circunstancias fuesen sobrevinientes.

    ARTÍCULO 44 BIS. - Sustitúyese el artículo 209 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones por el siguiente:

    ARTÍCULO 209. - Aviso al empleador. El trabajador, en el transcurso de la primera jornada de trabajo respecto de la cual estuviere imposibilitado de concurrir, deberá dar aviso de la enfermedad o accidente y del lugar en que se encuentra, salvo casos de fuerza mayor. Mientras no lo haga, perderá el derecho a percibir la remuneración correspondiente salvo que la existencia de la enfermedad o accidente, y su imposibilidad de dar el aviso, teniendo en consideración su carácter y gravedad, resulte luego inequívocamente acreditada.

    ARTÍCULO 44 ter- Sustitúyese el artículo 210 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o.1976) y sus modificaciones por el siguiente:

    ARTÍCULO 210- Acreditación. Control. Los certificados médicos que el trabajador presente para justificar inasistencias por enfermedad o accidente inculpable, deberán contener el diagnóstico médico, el tratamiento y la cantidad de días de reposo laboral indicados, y ser emitidos en todo el territorio nacional por profesionales médicos habilitados para el ejercicio de la medicina y firmados digitalmente a través de las plataformas electrónicas autorizadas por la Ley N° 27.553 y su reglamentación.

    El trabajador está obligado a someterse al control que se efectúe por el facultativo designado por el empleador.

    En caso de discrepancia insalvable entre el diagnóstico inicial y el control médico realizado por el empleador, se podrá recurrir a una junta médica en institución oficial en las jurisdicciones en las que la autoridad administrativa hubiere habilitado esta opción, o requerir dictamen en institutos públicos o privados de reconocida trayectoria y solvencia técnica cuyo costo de intervención, en este último caso, deberá ser asumido por el empleador.

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     El oficialismo piensa presentar una ley

    Reforma laboral: las licencias médicas de los trabajadores siguen en la mira del Gobierno

    Luego de que Patricia Bullrich admitiera que la retirada del cuestionado artículo 44 sirvió para “blindar” el FAL y otros puntos, el senador Abdalá adelantó que buscarán aprobar una ley en el período ordinario para recortar las licencias pagas.

    El senador libertario Bartolomé Abdalá adelantó que la intención del oficialismo en el Congreso es insistir a través de una nueva ley con el recorte a las licencias por enfermedad para los trabajadores. Se trata de lo que establecía el artículo 44 de la reforma laboral, que fue eliminado en Diputados como parte de una negociación de La Libertad Avanza con sus aliados.

    Yo te aseguro que con el correr del período ordinario va a haber alguna ley nueva que va a venir a corregir ese tema, porque para nosotros también es importante que las licencias exageradas, abusivas, como son algunas que se sufren tanto en lo privado como en el sector público", lanzó Abdalá, recientemente reelecto como presidente provisional de la Cámara alta.

    El senador de LLA repitió generalidades sobre la existencia de “certificados médicos truchos” y remarcó: “Hay que hacer algo“.

    Ya Patricia Bullrich, jefa del bloque libertario de senadores, había admitido que el artículo 44, que aplicaba descuentos salariales por enfermedad, fue una “distracción” para “blindar” uno de los debates centrales de la reforma laboral: el fondo de Cese Laboral (FAL), que se financiará con plata de los jubilados.

    Manuel Adorni también adelantó ayer que el Gobierno planea volver a discutir el tema de las licencias por enfermedad en el período de sesiones ordinarias en el Congreso y no se descarta que el Presidente haga alguna mención durante su discurso del domingo.

    Tas confirmar que se insistirá con una reforma en las licencias médicas, Abdalá minimizó el cambio realizado en Diputados y descontó que el viernes se sancionará la reforma laboral en el Senado. “Lo de las licencias,es algo menor en lo extenso y en lo bondadoso que es la ley para mejorar el crecimiento en la Argentina”, dijo en diálogo con Infobae. “De ninguna manera la ley que se va a sancionar el viernes es de menor importancia”, planteó.

    Los trabajadores, sin derecho a enfermarse

    El artículo 44 del proyecto de reforma laboral del Gobierno establecía que si un trabajador se lesiona o se enferma realizando una actividad “involuntaria” solo recibirá el 75% de su sueldo básico (sin adicionales) durante un máximo de seis meses, si tiene personas a cargo. En el caso de que el problema de salud sea producto de una “actividad voluntaria” -como realizar algún deporte-, el sueldo se reduce al 50%.

    “Si te lastimaste jugando al fútbol, tu jefe no tiene nada que ver”, lo graficó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

    En la actual Ley de Contrato de Trabajo se establece que en todos los casos de enfermedad o lesión, el trabajador tiene el derecho a percibir el 100% de su salario durante 3 meses si la antigüedad es menor a 5 años o de 6 meses si la antigüedad es mayor a 5 años.

    Qué decía el artículo 44 de la reforma laboral

    ARTÍCULO 44.- Sustitúyese el artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o.1976) y sus modificaciones por el siguiente:

    ARTÍCULO 208.- En caso de sufrir un accidente o una enfermedad que no sea consecuencia de la prestación de tareas derivadas del contrato de trabajo, y que impida dicha prestación, el trabajador tendrá derecho a percibir el 50% (cincuenta por ciento) de su remuneración que perciba al momento de la interrupción de los servicios si la imposibilidad de trabajar fuera producto de una actividad voluntaria y consciente del trabajador que implicara algún riesgo en la salud durante un período de tres (3) meses si el trabajador no tuviera personas legalmente a su cargo, o de seis (6) meses si las tuviera. La recidiva de enfermedades crónicas no será considerada una enfermedad distinta, salvo que se manifestara una vez transcurridos los dos (2) años.

    Si la imposibilidad de trabajar no fuera producto de una actividad voluntaria y consciente del trabajador sobre el riesgo en la salud, percibirá el 75% (setenta y cinco por ciento) de tal remuneración, en cualquier caso, durante el mismo periodo de tiempo dispuesto en el párrafo precedente.

    La suspensión por causas económicas o disciplinarias dispuestas por el empleador no afectará el derecho del trabajador a percibir la remuneración parcial por los plazos previstos, sea que aquélla se dispusiera estando el trabajador enfermo o accidentado, o que estas circunstancias fuesen sobrevinientes.

    ARTÍCULO 44 BIS. - Sustitúyese el artículo 209 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones por el siguiente:

    ARTÍCULO 209. - Aviso al empleador. El trabajador, en el transcurso de la primera jornada de trabajo respecto de la cual estuviere imposibilitado de concurrir, deberá dar aviso de la enfermedad o accidente y del lugar en que se encuentra, salvo casos de fuerza mayor. Mientras no lo haga, perderá el derecho a percibir la remuneración correspondiente salvo que la existencia de la enfermedad o accidente, y su imposibilidad de dar el aviso, teniendo en consideración su carácter y gravedad, resulte luego inequívocamente acreditada.

    ARTÍCULO 44 ter- Sustitúyese el artículo 210 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o.1976) y sus modificaciones por el siguiente:

    ARTÍCULO 210- Acreditación. Control. Los certificados médicos que el trabajador presente para justificar inasistencias por enfermedad o accidente inculpable, deberán contener el diagnóstico médico, el tratamiento y la cantidad de días de reposo laboral indicados, y ser emitidos en todo el territorio nacional por profesionales médicos habilitados para el ejercicio de la medicina y firmados digitalmente a través de las plataformas electrónicas autorizadas por la Ley N° 27.553 y su reglamentación.

    El trabajador está obligado a someterse al control que se efectúe por el facultativo designado por el empleador.

    En caso de discrepancia insalvable entre el diagnóstico inicial y el control médico realizado por el empleador, se podrá recurrir a una junta médica en institución oficial en las jurisdicciones en las que la autoridad administrativa hubiere habilitado esta opción, o requerir dictamen en institutos públicos o privados de reconocida trayectoria y solvencia técnica cuyo costo de intervención, en este último caso, deberá ser asumido por el empleador.

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    24 de febrero de 2026

     

    Milei le sacará a los jubilados u$s 2.600 millones por año para financiar a las empresas que despidan

    Los despidos a costo cero contenidos en la reforma laboral implicarán para el Estado un gasto mucho mayor al presupuesto en ciencia y tecnología, el Hospital Garrahan o la Ley de Emergencia en Discapacidad.



    El financiamiento de los despidos a costo cero, contenido en la reforma laboral mediante el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) implicará para el Estado un costo de aproximadamente 2.600 millones de dólares al año, un presupuesto mucho mayor al destinado a ciencia y tecnología y al hospital Garrahan combinados.

    Uno de los puntos centrales del proyecto de reforma laboral, que el Gobierno espera terminar de sancionar el viernes en el Senado, es el establecimiento del FAL, a través del cual se busca aliviar el costo de los despidos para los empleadores. Este consiste en un fondo al que las empresas destinan el equivalente a un determinado porcentaje del salario del trabajador: un 2,5% en el caso de las pymes un 1% en el caso de las grandes empresas.

    Desde el punto de vista del empleado, la intención es que ese fondo se destine a inversión, de modo tal que se maximice su volumen para el momento en el que se produzca la desvinculación. Desde el punto de vista del empleador, lo que posibilita es evitar un costo "excesivo" al momento del despido, para distribuirlo, en cambio, a lo largo de toda la relación laboral.

    El desfinanciamiento de la Anses

    Sin embargo, el punto clave es que, en verdad, el FAL implica para las empresas la posibilidad de despedir a costo cero. Esto se debe a que la misma reforma compensa a los empleadores con una reducción equivalente en las cargas patronales, también del 2,5% para las pymes y del 1% para las grandes empresas.

    Por lo tanto, la posibilidad de que las empresas despidan con costo cero es financiada directamente por la Anses, que deja de recibir una parte no desdeñable de sus ingresos. En concreto, el organismo previsional será desfinanciado por un total de 2.600 millones de dólares, equivalentes al 0,37% del PBI, según el cálculo que realizó el Instituto Argentina Grande en base a datos de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT).

    Se trata de un cálculo preocupante para la perspectiva declarada del Gobierno, que apunta a que la reforma laboral sea el punto previo al lanzamiento de la reforma previsional. La idea es que los cambios en el mundo de la población aportante generen las condiciones para que el sistema jubilatorio incremente su sustentabilidad y se pueda, por fin, aumentar las jubilaciones a algún nivel mínimamente digno.

    Pero el desfinanciamiento de la Anses implica que el punto de largada es exactamente el contrario. Así, debido al FAL, la cantidad de empleo en blanco que deberá generarse con la reforma para compensar la pérdida de fondos del organismo previsional será mucho mayor.

    Este escenario, por ahora, luce altamente improbable, en tanto economistas y empresarios son unánimes en la idea de que sin un crecimiento previo de la actividad la reforma laboral por sí sola no permitirá una suba sustancial del empleo registrado. Según el EMAE del Indec, la economía lleva dos meses consecutivos a la baja (octubre y noviembre), mientras que este mismo martes se conocerá el dato de diciembre pasado.

    No hay plata para jubilados, ciencia y salud, pero sí para financiar despidos

    Además, el desfinanciamiento de la Anses (del 0,37% del PBI) es mucho mayor que lo destinado a otros sectores para los que el Gobierno se negó a incrementar fondos bajo la excusa de que "no hay plata". Por ejemplo, el Presupuesto 2026 destina solo 1.107 millones de dólares a "ciencia, tecnología e innovación", precisó el informe del IAG, un 0,16% del PBI (menos de la mitad del costo fiscal para la Anses). A fin de enero, el Gobierno todavía no había pagado el aumento del 2% prometido en diciembre a los investigadores del Conciet

    Para el Garrahan, el Presupuesto 2026 destina solo 162 millones de dólares, equivalentes al 0,023% del PBI, señaló el informe del IAG. En este caso, recién a fines de noviembre los becarios de este hospital pediátrico lograron un 61% de aumento luego de seis meses de conflicto.

    En el caso de los discapacitados, Milei vetó la Ley de Emergencia en Discapacidad (luego ratificada por el Congreso), que tenía un costo de entre 0,25% y 0,45% del PBI, o sea, entre menor o apenas mayor que el actual desfinanciamiento de la Anses.

    Desfinanciamiento de Anses por fondos destinados al FAL, con otros presupuestos equivalentes (Fuente: Instituto Argentina Grande)

    Peor aún, con la excusa de que no había fondos, en julio pasado Milei vetó el aumento del 7,2% a los jubilados (equivalente al 0,2% del PBI), al igual que la suba del bono a 110.000 pesos (equivalente al 0,12% del PBI) y la extensión de la moratoria (equivalente al 0,094% del PBI), en todos los casos cifras muy menores a lo que aceptó reducir para financiar despidos a costo cero. "Estos recursos que el Estado resigna para financiar los despidos es mayor a la suma del presupuesto 2026 de Ciencia y Tecnología, el mantenimiento de rutas de PBA, un nuevo satélite, el sistema penal y el del Hospital Garrahan, por ejemplo", precisó el informe del IAG.

    El Destape

    "Es culpa de Milei"

    Crisis en la industria fueguina: más de 140 despedidos reclaman el pago de sueldos

    Metalúrgicos de Río Grande llevan dos meses sin cobrar y responsabilizan a la apertura de importaciones. Al mismo tiempo, cosechadores de uva denuncian una caída del 30% en el valor del tacho y paritarias sin acuerdo en San Juan.

    La crisis industrial y la pérdida de poder adquisitivo vuelven a encender conflictos en distintos puntos del país. En Tierra del Fuego, trabajadores metalúrgicos mantienen medidas de fuerza ante la falta de pago, mientras que en San Juan cosechadores de uva denuncian una fuerte pérdida del poder adquisitivo en plena vendimia.

    Toma y reclamo en Río Grande

    En la planta Aires del Sur, en Río Grande, los trabajadores nucleados en la Unión Obrera Metalúrgica llevan adelante una toma de fábrica tras acumular dos meses sin salario.

    “Estamos reunidos nuevamente fuera de la planta en un acto de lucha. Son dos meses sin salario y esto es completamente culpa de Milei”, afirmó Maximiliano Uriona, delegado gremial en la planta en diálogo con Radio 750.

    Uriona atribuyó la crisis a la apertura de importaciones, la falta de crédito y el contrabando de frontera. “Nuestra fábrica no tiene liquidez para abonar los salarios y seguir funcionando. Somos más de 140 familias, entre metalúrgicos, supervisores y fuera de convenio”, explicó.

    Con una maniobra de Bullrich

    Golpe de timón en el Senado: el oficialismo sacó al peronismo de entre las autoridades de la Cámara

    La líder del bloque de La Libertad Avanza negoció con los gobernadores aliados para desconocer al justicialismo como primera minoría. Mayans denunció que se hizo una “lectura antojadiza del reglamento”.

    Con la ayuda de gobernadores aliados, el oficialismo de La Libertad Avanza (LLA) en el Senado dejó al peronismo sin autoridades en esa Cámara. La maniobra política que le arrebata a la principal fuerza de oposición su asiento fue comandada por Patricia Bullrich, que hizo imponer un nuevo y cuestionado esquema de proporcionalidad parlamentaria que beneficia a los sectores que le dieron apoyo en las últimas sesiones.

    La jugada que desconoce al bloque justicialista como primera minoría de ese cuerpo (el bloque está integrado por 25 senadores) se concretó esta mañana durante una sesión preparatoria.

    El senador José Mayans, jefe del bloque justicialista, objetó esa operación política, la calificó de “atropello” y denunció que estuvo basada en “una lectura antojadiza del reglamento”.

    Lo que hizo el oficialismo fue ceder una de las Presidencias del Senado a gobernadores peronistas aliados, con lo cual el sector integrado por el kirchnerismo perdió su representación entre las autoridades de la Cámara siendo la primera minoría.

    Hasta hace horas, quien ocupaba la vicepresidencia del cuerpo era la senadora Silvia Sapag, integrante del bloque que conduce Mayans. Sin embargo, el oficialismo le quitó ese cargo y por 45 votos a favor, 24 en contra y 1 abstención sentó en ese lugar a la jujeña Carolina Moisés, quien responde al gobernador Gustavo Sáenz, aliado al gobierno de Javier Milei.

    Moises junto con Guillermo Andrada y Sandra Mendoza son los tres senadores jujeños que en los últimos días se apartaron del interbloque Popular que unificaba a sectores provinciales del peronismo. Ellos y Sáenz también son la expreión de un duro enfrentamiento con el kirchnerismo, sobre todo desde la intervención del PJ jujeño dispuesta por el partido conducido por la exmandataria Cristina Kirchner.

    De esta manera, Moisés quedó como vicepresidenta del Senado y la radical con peluca Carolina Losada como vice segunda, tras la movida habilitada por los jujeños pero pergeñada por el oficialismo para socavar al peronismo que sigue siendo la primera minoría y que, como lo establece la tradición, debería ocupar el tercer puesto de autoridades.

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