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18 de septiembre de 2026

Una sentencia arbitraria

La caída: causa “Vialidad”

Raul Gustavo Ferreira

Hace exactamente veintiséis meses, en abril de 2023, estuve reunido aquí, a menos de cincuenta metros, en el Aula Magna, con motivo del dictado de un fallo del Tribunal Oral Criminal que había condenado por mayoría a la pena de seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua a Cristina Fernández de Kirchner y a otras personas. En esa ocasión dije dos cosas: primero, que me encontraba ante una sentencia arbitraria; segundo —y por eso insisto en la importancia de este encuentro— que, en el Derecho constitucional, todo lo que es contrario a la razón es arbitrario, y que la razón debe ser el instrumento constitucional.

La Constitución debe ser el lenguaje de la razón.

Por lo tanto, una ley, una sentencia o un reglamento arbitrarios son todo aquello que resulta contrario a una racional coexistencia comunitaria. Eso fue lo que dije entonces, cuando advertía que se estaba construyendo una sentencia arbitraria.

Conviene precisar qué significa esa categoría.

La arbitrariedad de sentencia es una construcción jurisprudencial que la Corte elaboró en 1909 y que se consolidó con el tiempo, al punto de que hoy entre el 85 y el 90 por ciento de las causas que llegan en la actualidad al Tribunal apelan por esa vía.

Ya entonces —en abril de 2023— advertía a la Cámara de Casación que había una sentencia arbitraria, porque no se había considerado la prueba existente, porque se había denegado la producción de prueba decisiva para resolver el litigio, y porque se aplicaba una solución ajena al Derecho vigente.

La defensa interpuso un recurso de casación de 340 páginas.

La Cámara de Casación no consideró ninguno de esos planteos y confirmó la sentencia dictada por mayoría por el Tribunal Oral Criminal.

La causa llegó con enorme celeridad a la Corte Suprema de Justicia, que en setenta días —sesenta y nueve noches, si se quiere ser exacto— resolvió un expediente que tiene, según entiendo, más de sesenta cuerpos y más de doscientas cajas de documentación.

Vale la pena una comparación.

Uno de los espejos de la Corte Suprema argentina es la Supreme Court de los Estados Unidos, que hace once meses resolvió una causa vinculada con la responsabilidad penal de los presidentes de la República —el caso “Trump”— y decidió, por seis votos contra tres, que existía inmunidad absoluta para los presidentes, en tanto se investigasen actos referidos a su tarea y que fuesen excluyentes, es decir, no compartidos en su ejecución con otro poder constituido del Estado. La minoría del tribunal estadounidense advirtió que, de decidirse así, se colocaría a un presidente por encima de la Constitución.

Apréciese que en la Corte argentina no puede haber minoría: el número de jueces necesario para dictar sentencia es tres, y como tres son los jueces de la Corte, resulta matemáticamente imposible que exista una voz disidente.

Así llegó esta causa “Vialidad” a la Corte Suprema de Justicia. Su fallo es obligatorio para las partes y debe cumplirse. Pero una sentencia arbitraria —repito— es aquella que adolece de vicios manifiestos que le impiden existir como acto jurisdiccional válido: es, en rigor, un acto anulable. Un acto anulable es, sin embargo, un acto existente. Cristina está presa y debe cumplir el fallo; esa autoridad rige para las partes, pero no me impide reflexionar en contra del decisorio.

Los principios constitucionales vulnerados

¿Cómo se llega a este fallo? A través de la violación de varios principios constitucionales. Me quiero referir en particular al considerando 13 —el último de los trece que tiene la sentencia, que ocupa 27 páginas, 26 sin las firmas—, donde la Corte invoca “la profusa prueba considerada” y “la aplicación del Código Penal”. Si efectivamente hubiera prueba profusa y aplicación correcta del Código Penal, no habría sentencia arbitraria; si no las hay, sí la hay. Ese considerando revela, en esta nueva integración de la Corte, ciertos gestos de soberbia litúrgica en la escritura de sus fundamentos.

Cuando se sostiene que el escrito de la defensa carecía de fundamentación autónoma, siendo que sí la tenía, se viola el propio principio de defensa en juicio. La defensa había solicitado una pericia sobre la totalidad de las obras realizadas —que se verificara si se acreditaron, cómo y cuándo se pagaron, cómo se ejecutaron—, y esa prueba fue denegada. En los términos de la propia jurisprudencia de la Corte, la denegación de prueba decisiva para la solución del litigio configura arbitrariedad. A esto se suma que se impidió a Cristina Fernández de Kirchner ampliar su declaración indagatoria, cuando desde el primer año de la facultad enseño que ese acto es el principal instrumento de defensa. Hubo, entonces, violación del principio de defensa en juicio.

También se vulneró el principio de imparcialidad: quedaron probadas relaciones entre quienes tuvieron a cargo el juzgamiento que afectaban seriamente esa neutralidad que tiene fundamentos y exigencias constitucionales. Esa alteración se produjo tanto en primera instancia como en la Cámara. No fue considerada por la Corte en su sentencia final.

Se vulneró asimismo el principio de legalidad, que exige que el Estado quede sometido al Derecho y que nadie pueda ser enjuiciado penalmente si no existe una ley previa que haya configurado la conducta que se pretende reprimir. La responsabilidad política de la administración del país es la principal responsabilidad del presidente de la República, según impone la Constitución desde la reforma de 1994, pero él carece de la responsabilidad jurídico-administrativa vinculada a la gestión cotidiana. Cuando los juzgadores sostienen que Cristina Fernández de Kirchner incurrió en una conducta por acción o por omisión, no queda siquiera claro si se trató de una omisión impropia o de una acción concreta. Esos deberes funcionales estaban a cargo de los jefes de gabinete, ninguno de los cuales fue procesado —no reclamo que lo sean—, aunque varios prestaron declaración en la causa penal. La responsabilidad sobre los procesos licitatorios y la ejecución presupuestaria corresponde, institucionalmente, al jefe de gabinete; basta con leer cómo está construida la institución.

Se violó, por último, el principio de ofensividad. Para que haya fraude contra la administración pública debe existir un daño concreto a esa administración. ¿Cuál fue ese daño? No lo sé. Existe una presunción construida por los medios de comunicación hegemónicos sobre el costo de las 51 obras en cuestión, a partir de la cual se estima un sobreprecio del veinte por ciento. Son especulaciones, hipótesis especulativas: la propia Cámara de Casación calificó así los argumentos de la defensa, y sin embargo, sobre esa misma base especulativa, condenó a seis años, negó la prueba que podría haberla confirmado o descartado, y dio por probado un sobreprecio del veinte por ciento sin comprobación alguna. Las obras fueron realizadas. Eso no se encuentra discutido. Ni tampoco que las cuentas de inversión, de los presupuestos del Estado que involucran a las obras, obtuvieron la respectiva aprobación del Congreso.

El estado de inocencia invertido

Julio Maier siempre consideró que no se trata de un “principio de inocencia” sino de un “estado de inocencia”. Así lo llama en su propia obra. Ello implica que es el Estado, el sujeto que debe acusar, acumular la prueba y, eventualmente, obtener una condena. Ese estado de inocencia, cuya primera manifestación puede rastrearse en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, fue completamente vulnerado en este proceso, que no arrancó como un estado de inocencia sino como un estado de culpabilidad: la persona juzgada era culpable desde el inicio, y todo lo que hiciera la defensa solo serviría para llegar a la consolidación de esa sentencia arbitraria.

Durante un tiempo no encontraba una palabra mejor que “acto” para nombrar lo ocurrido. Pero conviene llamar las cosas por su nombre: es una sentencia, y es una sentencia arbitraria. No es otra cosa. Un acto judicial que debería ser anulado.

No hay ofensividad ni lesividad.

Se violó el principio de legalidad: la conducta no encaja en el tipo penal invocado.

Se violó la imparcialidad.

Se violó la defensa en juicio.

Se negó la producción de prueba decisiva, porque los jueces rechazaron hacer una pericia global sobre toda la obra vial.

La pregunta que queda es cómo se puede llegar, con tantas violaciones, a una condena como la de este fallo.

Un fallo sin precedentes

Se han violado los principios capitales de la Constitución en materia de enjuiciamiento penal: los que rigen desde 1853 y los que, con igual jerarquía, rigen desde la reforma de 1994. El sistema constitucional argentino es, desde el punto de vista normativo, uno de los más completos del mundo en materia de garantías para quien es sometido a proceso penal. No faltan las normas. Aquí ha sucedido que se las fue violando una por una, como piezas de un rompecabezas armado para llegar a esta sentencia arbitraria.

Sinceramente, no sé cómo se sale de esta situación. Soy, además, pesimista por naturaleza, y me cuesta imaginar que esta cuestión pueda resolverse en el corto plazo. Sí sé que, repasando la historia de la Corte Suprema de Justicia argentina, entre sus miles de causas es difícil encontrar un acto jurisdiccional que implique una violación tan significativa de principios de raigambre constitucional, en especial, contra un expresidente. Sería difícil encontrar algo comparable incluso remontándome a los fallos anteriores a 1983.

La Constitución es, ante todo, un instrumento para unir: en la Argentina, como en cualquier país, se la dicta y se la desarrolla para sostener un pacto de unión. En este caso, avasallando esos principios constitucionales, se ha condenado injustamente, mediante una sentencia arbitraria, a quien fue presidenta y vicepresidenta de la República y hoy preside el Consejo Nacional del principal partido de la oposición.

Antes del fallo, como constitucionalista, dudaba de que la Corte Suprema fuera a dictar un acto de esta magnitud. Quien ha ejercido muchos años la profesión sabe que es prácticamente imposible arribar a una revisión exhaustiva de semejante cantidad de cuerpos y documentación en un plazo tan breve. Por eso pensé que el caso sería estudiado a fondo, revisado en detalle, e incluso llegué a considerar posible que la Corte absolviera a Cristina Fernández de Kirchner. En los medios de comunicación solo se discutía si habría condena o si esta sería agravada; nadie contemplaba la absolución, porque la causa ya había llegado “condenada” a la Corte.

Palabras finales

Para terminar, conmovido por el dictado de esta sentencia, lo digo como profesor titular regular de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho de esta Universidad: el Derecho constitucional es la rama fundamental del derecho y tiene un doble compromiso, uno cívico, vinculado a la formación de juristas, y otro —que los constitucionalistas debemos asumir con seriedad— vinculado al desarrollo, al sostenimiento y a la defensa de ese orden libre, fundamental y democrático.

Frente a sentencias de esta naturaleza, tan difíciles de aceptar y de digerir, que llevan a criticarlas con tanta fortaleza por la enorme cantidad de principios constitucionales violados y que derivan en el encierro efectivo de una persona —no de Cristina Fernández de Kirchner en particular, sino de cualquier persona: en este caso es ella, pero podría haber sido cualquiera—, me corresponde revisar de manera constante este compromiso con la ciudadanía y con la academia, para la enseñanza y práctica del Derecho constitucional, y para su desarrollo.

Quiero dirigir estas líneas, en particular, a mis colegas del Derecho constitucional, tan afectos a estudiar los fallos que dicta la Corte Suprema. Me pregunto cuántos simposios, seminarios y encuentros académicos se organizarán en torno a esta sentencia, porque es, en definitiva, el paradigma de la sentencia arbitraria: el paradigma de la negación arbitraria de la prueba y de la negación de la recta aplicación del derecho.

Quisiera agregar una última reflexión, antes de cerrar estas palabras. Una sentencia arbitraria no lesiona solamente a quien la sufre en su cuerpo y en su libertad: lesiona, sobre todo, la confianza que la ciudadanía deposita en sus tribunales, ese cemento invisible sin el cual ninguna convivencia democrática resulta posible. Cuando la más alta magistratura del país convalida vicios de esta magnitud, no está resolviendo un caso: está debilitando, para todos y no solo para Cristina Fernández de Kirchner, la garantía de que el proceso penal sea un límite al poder y no un instrumento del poder. Esa es, entiendo, la lección que deja esta sentencia para el porvenir: los derechos y las garantías constitucionales no se sostienen solos; exigen jueces dispuestos a aplicarlos incluso, y sobre todo, cuando resulta incómodo hacerlo. La historia constitucional argentina, con sus avances y sus graves retrocesos, enseña que ninguna conquista institucional está garantizada para siempre; se conquista, se pierde y, con esfuerzo, se recupera. Por eso no alcanza con lamentar lo ocurrido. Corresponde estudiarlo, enseñarlo y denunciarlo, una y otra vez, hasta que la arbitrariedad deje de ser moneda corriente en los tribunales de la República. Ese, y no otro, es el compromiso que asumo, como profesor y como constitucionalista, ante la comunidad universitaria y ante la ciudadanía que hoy me acompaña.

Para cerrar, parafraseo a un pensador nacido en Argelia en 1913, a quien muchos consideran francés, Albert Camus, quien dijo: quien adhiere a una Constitución no debe temer al juicio que lo devuelve y lo emplaza en el orden fundamental en el que cree y cumple. Sin embargo, una de las más altas aflicciones del ser humano es ser juzgado sin ley. Así se está: en “la caída”.

  • Doctor y Postdoctor en Derecho UBA. Disertación en el Salón de Actos, Facultad de Derecho, UBA, realizada el 26/6/2025.
  • Disertación completa: “La construcción de una sentencia arbitraria. Causa Vialidad”, Aula Magna, Facultad de Derecho, 26/4/2023. Disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=6Ejd2d4cL50
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Se vienen dos nuevos juicios

La persecución judicial contra Cristina Kirchner no se detiene

El tribunal 5 separó nuevamente las causas Hotesur y Los Sauces, expedientes que la Cámara Federal unificó para que, en su momento, la instruya Claudio Bonadio, que, por supuesto, procesó a todos, entre ellos a la expresidenta y el diputado Máximo Kirchner. El primer juicio comenzará el 23 de octubre. El otro está previsto para marzo, muy cerca de la campaña electoral.

Raul Kollmman

El tribunal oral número 5 -Adriana Pallioti, José Michilini y Fernando Machado Pelloni- decidió hacer dos juicios contra la familia Kirchner: uno por los alquileres de hoteles, llamado Hotesur, y otra causa por los alquileres de oficinas, llamada Los Sauces. Es casi un sketch de humor judicial.

Al principio de la historia, la causa era una sola, Hotesur. Se acusaba a los Kirchner de alquilarle hoteles a Lázaro Báez y, a través de lo que se pagaba, blanquear dinero proveniente de la construcción de rutas. Pero los Kirchner demostraron que los alquileres eran a precios de mercado, o sea que no encerraban ninguna coima. De esa causa fue expulsado el juez Claudio Bonadio porque, por ejemplo, le impedía ver la causa a los imputados.

Días después de esa exclusión, se armó una segunda causa, que incluso abarcaba a algunos alquileres ya incluidos en Hotesur. Era, además, sobre alquileres de departamentos y oficinas a Báez y al grupo Indalo. ¿Quién salió sorteado? Bonadio. O sea que entró por la ventana a un expediente del que fue apartado. Nuevamente, tanto Báez como Indalo demostraron que los alquileres -dos departamentos en Puerto Madero, una oficina en Catalinas- se hicieron al valor del metro cuadrado del mercado o un poco menos. Nada importó.

Lo asombroso es que luego la Cámara Federal M (por macrista) unificó ambos expedientes y se los apropió Bonadio. Como es obvio, el magistrado procesó a todos. Al final del procesamiento, Bonadío se declaró incompetente. Créase o no.

El Tribunal Oral Federal 5, con otra composición a la actual, sobreseyó a los Kirchner y todos los acusados, básicamente señalando que no podía haber lavado de dinero cuando todo se hizo en blanco, los alquileres se facturaron, se declararon en la entonces AFIP y, además, el supuesto origen del dinero, la obra pública, también fue pagada en blanco.

Ahora, la nueva composición del Tribunal Oral número 5 decidió este jueves que se harán dos juicios, separando otra vez ambas causas. El primer juicio, Hotesur, arrancará el 23 de octubre, y el segundo en marzo del año que viene, Los Sauces. Todo sea por extender los juicios lo máximo posible y llegar a la campaña electoral.

En estos expedientes intentaron acusar también a Florencia Kirchner, que cuando arrancó la causa era muy menor de edad y nunca firmó nada de nada. Acusarán a Cristina, Máximo, Báez y los dueños de Indalo. Los delitos, asociación ilícita -CFK ya fue absuelta por ese cargo en la causa Vialidad- y lavado de dinero. Está pendiente una pericia que justamente demuestra que los alquileres se hicieron a precios de mercado, que fueron reales, no simulados, y no implicaron ninguna transferencia ilegal. Seguramente la expresidenta dirá, con razón, que la condena ya está escrita.

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16 de septiembre de 2026

Será una adenda a la presentación ante la ONU

Una nueva prueba categórica que destruye la condena proscriptiva contra Cristina Kirchner

Los abogados de la expresidenta derrumbaron la acusación central que derivó en fallo Vialidad: a las empresas de Báez solo se les adjudicó el 0,85 por ciento de los fondos habilitados por el decreto que firmó CFK. El dato surgió de la causa Cuadernos y será incorporado al planteo ante el Comité de DDHH de Naciones Unidas. El camino para revertir la proscripción.

Raul Kollmman
Una prueba nueva. Demoledora. La acusación por la que condenaron a Cristina Fernández de Kirchner fue que, desde la presidencia, benefició a Lázaro Báez y a su empresa, Austral Construcciones. Para eso -dijeron los jueces- dictó un decreto, el 54/2009, que permitió el pago de obras viales a través de un fideicomiso, conformado en base a un impuesto a los combustibles. Un nuevo testigo, Darío Andrés Levy, exempleado del área de presupuesto de Vialidad Nacional, exhibió en el juicio Cuadernos una planilla en la que se demuestra que a las empresas de Báez apenas se le pagó el 0,85 por ciento de los fondos habilitados por el decreto, mientras que las demás constructoras recibieron el 99,15 por ciento de lo surgido del fideicomiso. Además, la empresa que más recibió fue Iecsa, propiedad de Angelo Calcaterra, el primo de Mauricio Macri. O sea, una constructora alineada con la oposición. De manera que el argumento central de la condena -que se dictó un decreto para beneficiar a Báez- quedó desvirtuado. Con esos elementos, los abogados de CFK presentarán un agregado a su denuncia ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas para lograr una cautelar que interrumpa la condena de la expresidenta. También se planteará un recurso de revisión ante la Cámara de Casación nacional.

El centro de la condena

Pocos recuerdan todavía que la causa Vialidad se inició con la acusación de que se construyeron rutas que no iban a ningún lado, que se pagaron tramos que nunca se hicieron y que a Santa Cruz le habían dado -en verdad, lo votó el Congreso- una cantidad desproporcionada de obras viales. Todas esas acusaciones se cayeron, quedaron en la nada, porque la defensa encabezada por Carlos Beraldi las demolió durante el juicio.

¿Qué quedó? Que Cristina Kirchner favoreció a Austral Construcciones mediante un decreto, el 54/09, que destinó a la construcción de rutas los fondos de un fideicomiso creado, en la época de Fernando de la Rúa, con un impuesto a los combustibles. El decreto sigue vigente hasta hoy, solo que se lo apropiaron Javier Milei y Luis Caputo, que se quedaron con los fondos y no construyeron ni una ruta. En el gobierno de Macri, el dinero habilitado por el decreto sirvió para pagarles a empresas amigas, dado que la mayoría de las constructoras fueron marginadas con el argumento de que estaban siendo investigadas.

La acusación contra CFK -y luego la condena- ya eran de por sí un disparate porque el fondo no lo administró el Poder Ejecutivo, sino Vialidad Nacional, como ente autónomo, y en los 3 años de juicio no hubo ni un solo testigo o funcionario que dijera que Cristina hubiera ordenado un pago o hubiera dado alguna instrucción. CFK fue condenada por administración fraudulenta de un fondo que ella no administraba y por rutas que fueron licitadas en Santa Cruz, adjudicadas en Santa Cruz y controladas en Santa Cruz. Las obras fueron votadas por el Congreso Nacional.

El nuevo testigo

Lo que este martes presentaron en conferencia de prensa los abogados de Cristina, Carlos Beraldi, el brasileño Rafael Valim y el español Javier Borrego, fue una planilla exhibida por un testigo en la causa Cuadernos, Darío Andrés Levy, exempleado del departamento de Presupuestos de Vialidad Nacional. Levy fue testigo de la fiscalía, o sea que, supuestamente, iba a declarar en contra de CFK y los demás acusados en el expediente Cuadernos.

Sin embargo, Levy mostró una planilla Excel donde se consignaron los pagos a las constructoras de todo el país en base al decreto 54. El equipo de abogados de CFK le entregó la nueva prueba a un team de afamados economistas de Brasil, encabezados por Antonio Correa de Lacerda, para que hicieran un análisis. Es que la sorpresa fue mayúscula. El dato trabajado por los economistas demuestra que Báez, Austral Constructores, los supuestos beneficiados por Cristina, apenas recibieron el 0,85 por ciento del total de pagos, es decir, menos del 1 por ciento, y no figuraba dentro de las 20 empresas que más cobraron. A lo largo de los seis años que se investigaron en la causa Vialidad, entre 2009 y 2015, Báez percibió 18 millones de dólares, una ínfima proporción de los 2.200 millones de dólares que se pagaron en total y lejos, muy lejos, de los 360 millones de dólares que cobró, por ejemplo, el primo de Macri. Por lo tanto, queda en ridículo el razonamiento de que Cristina quiso favorecer a Báez, porque, en verdad, favoreció al primo de Macri y otras empresas que no tenían la menor sintonía con su gobierno.

Durante todo el proceso de Vialidad, la defensa siempre reclamó que se hiciera una pericia de la totalidad de las obras del país, para que se hiciera una comparación con Santa Cruz y ver si había alguna anormalidad. La fiscalía, el tribunal oral, la Casación y hasta la Corte Suprema se negaron a realizar un estudio tan elemental que permitiría tener una mirada global de la construcción de rutas en la Argentina. Con esta nueva prueba se ve algo esencial: que no hubo favorecimiento, que Báez estaba lejos, muy lejos, de ser una constructora beneficiada con la mayor cantidad de obras.

Hay un dato adicional de máxima importancia. La fiscalía que encabeza Diego Luciani usó también otra prueba que llamó el plan borrar todo: consistía, supuestamente, en que pocos días antes de dejar el gobierno, en diciembre de 2015, Cristina se reunió con Báez y se le pagaron 500 millones de dólares. Era la forma de borrar todas las deudas que el Estado tenía con Austral Construcciones. Ambas cosas -la reunión y el pago- resultaron falsas. Pero, ahora, la planilla de Levy demuestra que a Báez no se le pagó nada en 2013, 2014 y 2015. Por otra vía, se vuelve a demostrar que no hubo pago alguno al final de mandato y toda la acusación fue un fraude.

“Esta es una construcción judicial insostenible”, redondeó Valim en la conferencia de prensa.

Los caminos a seguir

Los letrados señalaron que la prioridad es agregar las conclusiones surgidas del nuevo testigo en la presentación hecha ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas. En principio, ese Comité se reúne a partir del lunes 26 de octubre en Ginebra. Como explicó Borrego, tras el retiro del financiamiento de Estados Unidos, el Comité bajó sus reuniones anuales de 4 a 2, por lo que tiene muchos temas por tratar. Eso hace imposible saber si efectivamente van a poder resolver sobre lo que está pasando con la expresidenta.

Las conclusiones sobre la principal prueba de la condena serán volcadas en una adenda de la presentación original, pero el objetivo es siempre el mismo: en principio, que suspenda los efectos de la inhabilitación especial perpetua impuesta a Cristina y que, de esa manera, se le permita ser candidata. Borrego hizo una magnífica analogía entre las irracionalidades de Don Quijote y las irracionalidades del fallo de Vialidad. Entre ellas, que el fallo de 1.686 páginas destina 11 renglones a explicar la inhabilitación especial perpetua, algo claramente violatorio de los derechos humanos. O sea, en 11 renglones se priva a una referente política de sus derechos políticos.

El segundo camino a recorrer (luego de que se pronuncie el Comité de la ONU) será un recurso de revisión ante la Cámara de Casación nacional. Según establece el Código Procesal, una presentación de esa naturaleza es factible cuando aparece una prueba que era desconocida al momento de la condena. En ese caso, es el nuevo testigo y las proporciones de los pagos. El recurso de revisión debe ser tratado en la Casación por jueces que no hayan intervenido en el expediente hasta ahora.

Beraldi explicó que los magistrados de la Casación tienen hasta la facultad de dictar una cautelar suspendiendo los efectos de la condena hasta resolver sobre el fondo de esa misma condena.

Los dos letrados extranjeros hicieron apuntes de relevancia desde el punto de vista político. Valim sostuvo que “no se trata de una cuestión solamente jurídica. Estamos hablando de la salud de la democracia. En una democracia sana, esta condena es insostenible”. Por su parte, Borrego también habló de que debería haber una solución política, porque “la democracia no puede tolerar que las cosas continúen de esta manera”.

“Cristina es una militante política -redondeó Beraldi- . Como tal, tiene una fortaleza indescriptible. Ella y todos tenemos la expectativa favorable de que todo esto avance. Pero no se desespera, porque tiene la paciencia suficiente para saber que esto es una batalla. Y se prepara. Está preparada. Todos los días hace gimnasia, todos los días estudia la realidad y tiene confianza de que, al final, la verdad se va a imponer. Lo que sí puedo decir es que no la vencerán. Eso seguro”.

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2 de septiembre de 2026

Una multitud en San José 1111, a cuatro años del atentado a CFK

“Salgamos a abrazar, contener y organizar”

Máximo Kirchner hizo un llamado por Cristina candidata y se leyó una solicitada contra el lawfare y la proscripción, firmada por distintos espacios políticos nacionales. Cristina salió al balcón a saludar.

Karina Michelleto

Te amo. Fuerza. Gracias. Los gritos de la multitud reunida bajo el simbólico balcón de San José 1111, y en el simbólico 1S, se entremezclaban con las consignas de las banderas más destacadas el martes al atardecer. Cristina libre. Cristina presidenta. De San José a la Rosada. Fue el tono y el foco que eligió Máximo Kirchner, único orador en un pequeño escenario circular montado en esta esquina de Constitución: todo un discurso de campaña que repasó las causas por las que la expresidenta está hoy allí presa, pero sobre todo llamó a “abrazar, ayudar, contener, organizar” y colocó a Cristina Fernández de Kirchner como la candidata capaz de derrotar a la derecha gobernante en las próximas elecciones. El acto culminó con lo que todos y todas allí reunidos esperaban: la expresidenta salió al balcón y repartió saludos, sonrisas y corazones.

Antes, la lectura de la solicitada “La democracia no admite la eliminación del adversario”, publicada ayer por Página/12 y firmada por 23 espacios políticos nacionales, trazó un estado de situación a cuatro años del intento de asesinato a la expresidenta de la Nación, en este mismo lugar. Una denuncia al Lawfare y una advertencia sobre lo que ocurre cuando se dejan correr los discursos de odio, y cómo conducen a este presente.

“No está proscripta Cristina, estamos proscriptos todos los que la queremos votar. Nos quieren decir qué sí y qué no”. “La Casa Rosada debe volver a ser de las y los argentinos”, fueron algunas de las frases destacadas del discurso de Máximo Kirchner, junto a un llamado a “volver a abrazarnos, a encontrarnos, a mirarnos a la cara y a debatir”. Hubo, decididamente, no solo una denuncia por lo que pasó casi a esta misma hora hace exactamente cuatro años, el modo en que dañó a la República y cómo aquel atentado se entrelazó con la condena a CFK. Lo que sonó en el discurso fue la consigna que cantaba una y otra vez la gente aquí reunida: “Presidenta, Cristina Presidenta”.

Hubo una enumeración de los logros de los años kirchneristas, en lo general -la recuperación de YPF, Vaca Muerta, la Ley Nacional de Educación- pero sobre todo en lo muy particular, concreto y cotidiano: “Nuestro pueblo quiere volver a poder comer los domingos en familia, a diseñar el cumpleaños del abuelo o del hijo, las vacaciones o la salida cerquita”. “¡¡Un asado!!“, gritó alguien bien fuerte entre la multitud, visualizando lo preciado entre todo lo que ya no es posible. “¿Y quién se está quedando con el salario de los argentinos? Debe volver a mano de quienes corresponde, de los que producen, de los laburantes", reclamó Kirchner.

“A las y los argentinos les mintieron, les dijeron que iba a dolarizar sus ingresos. Y nosotros no supimos desmontar esa mentira. No es que iban a ganar en dólares, lo que dolarizaron fueron las tarifas. Tenemos que hablar menos de algunos quilombos que tenemos y explicar más a la gente lo que pasa con este tipo de modelos”, advirtió el diputado.

Fue una de las pocas alusiones a la interna que el peronismo sigue disputando, en el día en que el gobernador Axel Kicillof se pronunció en redes con contundencia por Cristina Kirchner “injustamente detenida” y por la immpunidad que siguió al intento de magnicidio.

Banderas del corazón

Entre los asistentes se vio a Carmen Arias, de Madres de Plaza de Mayo. También a referentes no solo de la Cámpora y de distintos espacios que firmaron la solicitada. Entre otros Leopoldo Moreau, Juan Grabois, Alicia Kirchner, Guillermo Moreno, Wado de Pedro, Martín Sabbatella, Mónica Macha, Lorena Pokoik, Teresa García, Paula Penacca, Fernanda Raverta, Mariano Recalde, Horacio Pietragalla, Edgardo Depetri, Lucía Cámpora, Vanesa Siley, Mayra Mendoza, Eva Mieri -actual intendenta interina de Quilmes, detenida 13 días en un penal de máxima seguridad de Ezeiza el año pasado, acusada de delitos gravísimos por participar de un escrache-.

Aunque las columnas de la militancia eran las que más se hicieron ver y oír, era mucha la cantidad de gente “suelta”, de distintas edades, algunas con niños y niñas a upa. Esther fue una de las que siguió todo el discurso con lágrimas en los ojos, abrazada a una bandera argentina tejida al crochet por ella misma, con la foto de Cristina y de Evita en el centro. “Lo que pasó con Evita y Perón, pasa con Cristina, no les perdonan lo que hacen por el pueblo”, le dijo a Página/12.

A las banderas y remeras de Cristina y de la liturgia peronista se sumaron esta vez las del Indio Solari y de “Las Malvinas son Argentinas”, con la letra del trapo del Mundial devenido símbolo. “Eso de que son ‘nuestros héroes en este lío’ es una frase hecha pero es una verdad muy profunda, uno se aferra y necesita estas figuras en estos tiempos de tanta oscuridad”, explica Natalí Lugo, una chica universitaria que lucía sobre el sueter la remera con la foto del Indio y Cristina.

La crisis no distingue

“La crisis económica no mira qué votas y a qué partido estás afiliado. Y eso es lo que hay que tener en cuenta. Esto que se vive hoy, esta degradación constante de la vida de las personas, que hace que muchas familias imploten y se rompan al medio porque no hay un mango, que hace que los pibes y pibas no tengan expectativas en el futuro, que algunos busquen horizonte fuera de nuestra patria, que otros simplemente y trágicamente elijan quitarse la vida antes que vivir”, describió Máximo Kirchner en otro tramo de su discurso, en su llamado a la acción.

“Como está pasando con miles de pibes en nuestro país, apretados por una crisis económica, en soledad, porque lamentablemente muchas veces han entregado sus vidas a comunicarse solo digitalmente y a dejar de verse unos a otros. Los argentinos y argentinas tenemos que volver a encontrarnos, abrazarnos y a debatir y a discutir, en todos los lugares que podamos, cuál es el país que queremos”, insistió.

Sin autocompasión

Al repasar el atentado a su madre, lo calificó como “un ataque tan cobarde que quien iba a martillar y disparar el arma estaba agazapado entre muchos quizás de los que hoy están aquí, que iban a esperarla afuera de su departamento para demostrar amor, presencia, lealtad”. “Estaban ahí para acompañar a quien entendían le había dado no solo a ellos en términos individuales y personales, sino a la Argentina, los mejores años de su vida desde la vuelta de la democracia a esa fecha”, recordó.

Y volvió sobre su madre en tiempo presente: “Esa compañera que todos los días, disciplinadamente, hace gimnasia, lee todo, estudia, se prepara, nos está diciendo que no nos quebremos, que puede haber momentos duros y difíciles. Pero Cristina no practica la autocompasión ahí arriba. Tiene el autoestima alta, se prepara y por eso fue a la ONU para reclamar por sus derechos políticos. Por eso llama la atención que muchos de esos que dicen que Cristina ya fue, no acompañen el pedido para que pueda presentarse en elecciones. Si ellos tienen razón y nadie quiere a la compañera, ¿qué más lindo que arrasarla en una elección?“, deslizó.

Máximo Kirchner agradeció el acompañamiento de la gente, “en nombre mío, de mi hermana y de mi viejo”, volvió a pedir que “no se quiebren, que no les rompan la autoestima”.

Al final sonó el Indio y Cristina salió al balcón, cargando una gran sonrisa. Saludó a la multitud, repartió besos en el aire hacia un lado y al otro, armó corazones con sus manos. Y también agradeció y aplaudió a los presentes, en una forma de abrazo que ya forma parte de esta esquina de Constitución.

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1 de septiembre de 2026

Acto a cuatro años del intento de magnicidio

Cristina Kirchner saludó a la militancia desde el balcón

La expresidenta se mostró ante la convocatoria de apoyo al cumplirse un nuevo aniversario del intento de asesinato perpetrado por Fernando Sabag Montiel y cuando arrecian las críticas por sus condiciones de detención

La expresidenta Cristina Fernández de Kirchner se asomó al balcón de San José 1111, donde cumple arresto domiciliario, para saludar a sus adherentes, en el marco de la convocatoria por el cuarto aniversario del fallido atentado contra su vida.

CFK saludó a la militancia en momentos en que arrecian las presiones por sus condiciones de detención.

De hecho, la exmandataria realizó sólo tres salidas a la terraza del edificio en el que cumple prisión domiciliaria desde septiembre de 2025, según lo registrado en la tobillera electrónica, un dispositivo que no precisa en qué lugares del edificio se encuentra la expresidenta sino que sólo puede brindar una ubicación geográfica correspondiente al inmueble o sus inmediaciones.

La condena está vigente desde el fallo de diciembre de 2022 por la causa Vialidad, que la condenó a doce años e inhabilitación perpetua.

Tres meses antes del fallo, la entonces vicepresidenta fue agredida por Fernando Sabag Montiel, el hombre que le gatilló a centímetros de su rostro en la noche del 1º de septiembre de 2022, cuando ingresaba a su domicilio en Recoleta.

El episodio causó la repulsa de buena parte del arco político, salvo de las fuerzas de derecha. El presidente Alberto Fernández dispuso que el día siguiente, 2 de septiembre de 2022, fuera feriado.

La militancia se reunió en el cuarto aniversario en la esquina de San José y Humberto Iº, con CFK presa desde junio de 2025.

Pagina 12

22 de agosto de 2026

Anses le devolvió de forma provisoria la pensión a Cristina Kirchner

El organismo previsional abonó más de 16 millones de pesos a la ex mandataria, en acatamiento de una cautelar judicial.

La Anses dio curso este mes al abono de una asignación vitalicia en favor de la ex presidenta Cristina Kirchner por una suma bruta de $16.090.877,01 tras acatar una orden emitida por la Sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social. 

La resolución, refrendada por los magistrados Juan Fantini y Sebastián Russo mediante una medida cautelar dictada en febrero, ordenó reanudar temporalmente el pago de una de las dos prestaciones especiales que habían sido suspendidas de manera administrativa a finales de 2024. 

Aquella decisión original del organismo previsional se había fundamentado en la ratificación de la condena penal dictada contra la exjefa de Estado dentro de la causa conocida como Vialidad, lo cual derivó en una demanda judicial por parte de la exmandataria para obtener la restauración del beneficio económico mientras el fuero discute el expediente principal.

Frente al requerimiento oficial de información pública interpuesto por este medio, la entidad estatal ratificó que “se procedió rehabilitando el beneficio número 47-6-8085213-0 con mensual 08/2026 por un monto bruto de $16.090.877,01 e ingresando los descuentos legales vigentes”, agregando que tales conceptos para obra social e impuesto a las ganancias “se procesan automáticamente con la liquidación mensual”, informó el diario La Nación. 

La asignación desembolsada corresponde a la pensión derivada del expresidente Néstor Kirchner y ubica su cifra neta en torno a los $12 millones, habida cuenta de que la administración aplicó una quita del 20% en el haber mensual en función de la resolución 343 del año 2025 para concretar “un recupero del 20% del haber mensual por sumas percibidas indebidamente”. 

Asimismo, el organismo declinó liquidar el ítem por zona austral que la exfuncionaria percibía por su domicilio declarado en Santa Cruz y aclaró que la actualización del haber obedecerá a “una variación salarial acordada fuera del ámbito del organismo”.

La medida cautelar concedida por la alzada de la Seguridad Social revirtió un fallo adverso de primera instancia firmado por la jueza Karina Alonso Candis, fundamentando la decisión en motivos alimentarios y sin abordar la pena a seis años de prisión dictada contra la beneficiaria, situación que según un dictamen del procurador Eduardo Casal debería suspender el cobro de fondos previsionales. 

Ante el rechazo de la propia Cámara para elevar el tema mediante recurso extraordinario, la Anses y el Ministerio Público Fiscal recurrieron en queja a la Corte Suprema de Justicia para revocar la cautelar. 

La erogación final se destrabó en julio luego de que la Justicia aceptara una caución juratoria presentada por la expresidenta, mientras el Estado procura recuperar acreencias por $660.052.338,87 correspondientes al período previo y se mantiene abierto otro expediente judicial iniciado por la exdiputada Graciela Ocaña sobre la incompatibilidad del cobro simultáneo de dos haberes encuadrados en la Ley 24.018.

Con información de Noticias Argentinas

El Destape

12 de agosto de 2026

Otro capítulo de la persecución a Cristina Kirchner: ordenan embargar el departamento de San José 1111

Los jueces Gorini, Giménez Uriburu y Basso dispusieron el decomiso del inmueble donde la expresidenta cumple su prisión domiciliaria por el cuestionado fallo de Vialidad. También apuntaron a otra propiedades. El remate no será inmediato y la defensa de CFK puede apelar.

En otro capítulo de la persecución judicial contra Cristina Kirchner, la Justicia federal dispuso el embargo del departamento de San José 1111, donde la expresidenta cumple su condena domiciliaria, y de una serie de propiedades y activos que están a su nombre.

La decisión fue tomada por el Tribunal Oral Federal N° 2 integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, los mismos que dictaron el fallo condenatorio y proscriptivo contra la exmandataria cuyos cuestionables argumentos serán analizados por organismos internacionales.

Lo que determinaron esos magistrados fue concretar lo que habían deslizado en su cuestionada decisión: que CFK pague con su patrimonio el supuesto perjuicio que le habría creado al Estado por las maniobras de las que se la acusa y condenó sin pruebas claras.

El monto del embargo será de 685 mil millones de pesos y alcanza inmuebles de la familia Kirchner en El Calafate y Río Gallegos, además del departamento en los barrios porteños de Recoleta, Puerto Madero y el de Constitución, donde está alojada.

El castigo también recayó sobre cocheras, departamentos, terrenos, edificaciones y hasta parte del predio de uno de los hoteles que la familia tiene en la provincia de Santa Cruz.

Pero como el monto es exorbitante, los jueces extendieron también la medida contra los bienes de la hija y el hijo de la expresidenta, Florencia y Máximo Kirchner. También se pidió un informe bancario sobre las cuentas de ahorro y cajas de seguridad de ambos.

Según se informó, no habrá un remate inmediato de esos inmuebles ni el decomiso es definitivo.

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La persecución es canallesca, no solo estos jueces, toda la justicia incluida la corte llegara el día donde deban rendir cuentas.