4 de mayo de 2024


Tienen cinco días para explicar cómo lo harán

Ordenan reintegrar lo que las prepagas cobraron de más

El juez Juan Rafael Stinco dictó la cautelar que había pedido el gobierno de Javier Milei contra los aumentos en medicina privada. Las subas siderales tuvieron lugar después de que el Presidente firmó el DNU 70/2023.

Luciana Bertoia

Las prepagas, que desde que asumió Javier Milei aumentaron  --según estimaciones oficiales-- más de 145 por ciento deberán devolver a sus afiliados lo que cobraron de más. Así lo resolvió el juez Juan Rafael Stinco, quien, además, dispuso que las empresas de medicina privada retrotraigan el valor de sus cuotas al de diciembre y actualicen los cargos mensuales de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC). La resolución implica un espaldarazo a la estrategia estrambótica del gobierno de La Libertad Avanza (LLA), que permitió a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 los aumentos siderales, pero después denunció a las compañías por cartelización y recurrió a los tribunales para frenar la escalada en las cuotas.

Las prepagas deberán reintegrar los sobreprecios en forma de crédito para los afiliados, según la resolución de Stinco. Por el momento, no se sabe cómo lo hará cada una de las empresas, ya que tienen un plazo de cinco días para informarle al Poder Judicial cuál será su plan de acción para efectivizar la restitución dineraria. Si no cumplen, los afiliados no deben ir a la justicia –aclaró el juez. Los reclamos tienen que ser canalizados a través de la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación.

En principio, la resolución del juez alcanza a 23 prepagas: OSDE, Swiss Medical, Medicus, Omint, Galeno, Medifé. Hospital Italiano, Obra Social de la Dirección de Sanidad Luis Pasteur, Hominis, Medicina Esencial, Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales, Unión Personal, Mutual Federada 25 de junio Sociedad de Protección Recíproca, ACA, Sancor, Prevención Salud, Sistema Integrado de Prestadores de Salud SA, MET Córdoba, Hospital Alemán, Grupo DDM, Hospital Británico, Centro de Investigación Médica e Investigaciones Clínicas y Círculo Médico de Lomas de Zamora. De todas formas, Stinco ordenó que la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) informe todas las prestatarias existentes, lo que podría dar pie a una extensión de la medida.

El gobierno de Milei se anotó un triunfo importante en los tribunales, y hasta quizá se lleve la enseñanza de que la mano invisible de la economía no autorregula el mercado. Desde el Poder Ejecutivo celebraron la resolución de Stinco diciendo que era en favor de la clase media –alicaída con las medidas que viene implementando la gestión de LLA. Los aumentos desmesurados en las cuotas de las medicina privada impactaron fuertemente en la imagen de Milei, como también golpeó la política de desfinanciar a las universidades públicas –que derivó en una marcha histórica a lo largo y ancho del país.

En menos de 48 horas, Stinco otorgó la medida cautelar que el gobierno buscaba desde el 17 de abril. Ese día, el titular de la SSS, el exOSDE Gabriel Oriolo, presentó un amparo contra las prepagas por aumentos “abusivos”. El caso estuvo en manos de la jueza Mercedes Maquieira, que el 30 de abril se declaró incompetente y se lo remitió a Stinco. El argumento para mandárselo fue que Stinco tiene abierto un proceso colectivo de afectados por las subas en las prepagas que reclaman la inconstitucionalidad de dos artículos del DNU 70/2023 –que establecieron que la SSS ya no tiene facultades para autorizar los incrementos antes de que se produzcan.

El juez aclaró que no estaba manifestándose por la constitucionalidad del DNU, pero terminó quitándole responsabilidad a la administración Milei por las subas que vienen sufriendo los afiliados a las empresas de medicina privada. “Cabe destacarse que el DNU Nº 70/23 no dispuso incremento alguno y que las modificaciones sobre las competencias de contralor que fueron dispuestas mediante el mismo tampoco presuponen incrementos automáticos, siendo éstos actos particulares y unilaterales de los agentes del sistema de salud”, escribió Stinco.

El magistrado, además, para fundar su fallo invocó un mensaje que el Papa Francisco envió a principios de este año para saludar la apertura de una nueva sede del Comité Panamericano de Juezas y Jueces por los Derechos Sociales y la Doctrina Franciscana (Copaju), que preside Andrés Gallardo. Entonces, Francisco –en plena avanzada del gobierno libertario contra los derechos económicos y sociales– había dicho que el Poder Judicial es el “último recurso disponible en el Estado para remediar las vulneraciones de derechos y preservar el equilibrio institucional y social”.

En su fallo, Stinco remarcó que los tribunales vienen recibiendo “innumerables” presentaciones judiciales para cuestionar los incrementos “unilateralmente fijados” por las prepagas, lo que generó una sobrecarga en el sistema judicial. Lo que generó, según el magistrado, una situación de gravedad institucional. Semanas atrás, Página/12 dio cuenta de que distintos jueces comparaban el aluvión de presentaciones contra los aumentos de las prepagas con los amparos por el corralito.

El juez entendió que lo que planteaba el gobierno tenía asidero en base a las decisiones que tomaron distintas jurisdicciones contra la subas en las cuotas –entre otras, San Martín, Concepción del Uruguay y La Plata. Además, recordó la denuncia por cartelización que impulsó la Secretaría de Industria y Comercio a partir de una presentación de legisladores de la Coalición Cívica –que lidera Elisa Carrió.

Stinco consideró, además, que existía un riesgo inminente de que las prepagas continuaran con los aumentos y que implicara una eventual dificultad de afrontar el pago, lo que podría dejar a los usuarios sin cobertura y, por ende, privados de su derecho a la salud. El juez añadió que la reforma constitucional de 1994 y la jurisprudencia de la Corte –que, por el momento, no exhibe ningún interés por frenar el DNU de Milei– otorgan una protección especial para usuarios y consumidores.

A contramano de lo que había pedido inicialmente la SSS, Stinco dijo que no le corresponde al Poder Judicial establecer los índices para los aumentos y convalidó el que había dispuesto la Secretaría de Industria y Comercio –que fijó como tope de aumento para mayo del 114, 6 por ciento.

Las prepagas hicieron trascender sus reparos para devolver lo que cobraron de más. Hubo algunas empresas que se presentaron ante la justicia cuando el gobierno presentó el amparo y pidió la cautelar. Swiss Medical –cuyo titular Claudio Belocopitt se convirtió en el blanco de las críticas de Milei– resaltó que la compañía había informado a la SSS antes de cada aumento y que este organismo le contestó que, tras el DNU 70, ya no tenía facultades para autorizar o vetar los incrementos.

Otra de las prepagas que acudió a los tribunales, Sancor, sostuvo que el gobierno buscaba derogar vía judicial su propio DNU, que fue el que posibilitó los aumentos. La primera jueza del caso, Maquieira, también dio a entender que la presentación del gobierno de Milei buscaba lo mismo que los afectados que reclamaban la declaración de inconstitucionalidad del megadecreto.

Stinco está a cargo del proceso colectivo que se inició con la presentación de Eduardo Santiago Wilson, un asociado de Swiss Medical. Según remarcó, él pidió en reiteradas ocasiones que la acción de clase se escribiera en el registro de la Corte, donde hay dos procesos contra el DNU –el que tramitaba la jueza de San Martín Martina Forns y el que tramita en Concepción del Uruguay. El caso de Forns –que estaba avanzado– fue desarmado esta semana por la Cámara Federal de San Martín. 

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