El Gobierno le había retirado dos asignaciones mensuales
Restitución de un derecho a CFK
La expresidenta volverá a percibir la asignación mensual vitalicia que le corresponde como cónyuge de Néstor Kirchner.
La Anses deberá restituirle a Cristina Fernández de Kirchner la asignación mensual vitalicia como cónyuge del expresidente Néstor Kirchner que le quitó el gobierno de Javier Milei en noviembre de 2024, después de que la Cámara de Casación confirmó la condena en el caso “Vialidad”. Así lo ordenó la Sala 3 de la Cámara de la Seguridad Social al hacer un lugar a una medida cautelar planteada por la exmandataria. El fallo dice que “corresponde otorgar prevalencia al carácter alimentario del derecho” y alude a que la disposición oficial la deja en “situación de desprotección”.
En la resolución 1092/2024 el Gobierno le quitó a la expresidenta, por una decisión administrativa, dos asignaciones: la que le corresponde como cónyuge de un presidente fallecido y la que le toca como exmandataria. Invocaba la ley 24.018, que regula las asignaciones vitalicias para Presidente, vice, jueces de la Corte Suprema, y magistrados, entre otros. Con una reinterpretación libre del artículo 29 decía que “la finalidad de las asignaciones” que le habían sido otorgadas son “incompatibles” para quien “haya cometido un delito en ejercicio de la misma función pública por la cual ha accedido…” al beneficio.
Eso no es lo que expresa el texto de la norma que, en cambio, señala que los funcionarios removidos por juicio político no reciben las asignaciones en cuestión. Anses equiparó una condena penal con la remoción del cargo y sostuvo que la asignación se otorga como prestación al honor, mérito y buen desempeño. Además confundía las asignaciones de expresidente y cónyuge con la suspensión de jubilaciones, pensiones o retiros civil o militar como consecuencia de la inhabilitación absoluta que establece el Código Penal. Son cosas distintas.
CFK habían pedido una medida cautelar solo en relación a asignación como “causahabiente del Dr. Néstor Carlos Kirchner”, y dejó el resto planteado para la discusión judicial de fondo. El camarista Sebastián Russo –con adhesión de Juan Fantini Albarenque-- argumentó que “el acto administrativo cuestionado no exhibe, en esta etapa inicial, un nexo causal claro y suficiente entre los motivos invocados y la baja del beneficio de pensión cuya rehabilitación se pretende, máxime cuando la actora percibía prestaciones de distinta naturaleza jurídica en su origen, que habrían sido analizadas de manera conjunta”. Dijo que eso se deberá analizar de manera detallada cuando se tome la decisión judicial definitiva y después de producir prueba. Mientras tanto, evaluó, “no puede soslayarse que la suspensión del beneficio priva a la actora de ingresos de naturaleza alimentaria, circunstancia que resulta idónea para generar un perjuicio actual y de difícil reparación ulterior, tornando ilusoria la tutela jurisdiccional definitiva si no se adopta una solución provisoria que preserve la situación existente” mientras dura el proceso.
El abogado Facundo Fernández Pastor, quien representa a la expresidenta en estos temas, recordó algunos ejemplos para ilustrar: “Zulema Yoma cobra la asignación por Carlos Menem porque no fue destituido con juicio político y según la jurisprudencia es la única causal para que no la perciba”. E incluso, dijo, en el caso de Eduardo Moliné O’Connor, que fue destituido como juez de la Corte Suprema, el alto tribunal integrado por conjueces, le reconoció el carácter alimentario a la asignación vitalicia. “Pero si el punto es que se trata de asignaciones no contributivas por el honor de ser Presidente, no se discutiría el de Néstor, que no tuvo condena”, señaló como para mostrar que hay trampas y omisiones de la ley en todos los planteos que pretende castigar a CFK con la quita en cuestión.
Desde el Ministerio de Capital Humano, del que depende Anses, salieron a decir que recurrirá la decisión de la Cámara, lo que sugiere que el tema terminaría en la Corte Suprema. “Más allá de que no es claro que ese tribunal se vaya a pronunciar sobre una cautelar, si se concede el recurso no tiene efecto suspensivo, su efecto es devolutivo. La asignación debe ser restituida igual”, agregó Fernández Pastor.
El pedido de una medida cautelar de parte de CFK había sido rechazado por la jueza Karina Alonso Candis quien debe avanzar con la revisión del planteo jurídico de fondo respecto de las dos asignaciones que la Anses le dio de baja a la expresidenta. Si en la sentencia definitiva se resuelve que las asignaciones fueron ilegalmente retiradas, deberían devolverle en forma retroactiva todo lo que no fue abonado. Si la justicia le da la razón a la Anses, Cristina debería devolver lo cobrado en virtud de la cautelar. Todavía queda una larga discusión por delante.
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