29 de abril de 2013


Para la justicia, Moreno no hostigó

La Sala Primera de la Cámara Federal le dio la razón al secretario en una denuncia del Grupo Clarín por el tema Cablevisión.

La justicia descartó que el secretario de Comercio, Guillermo Moreno, tenga un trato "despótico" o una política de "hostigamiento" contra una de las principales empresas del Grupo Clarín, su operadora de televisión por cable Cablevisión. Así se desprende de un fallo de la Sala Primera de la Cámara Federal, ante una denuncia de los abogados Hugo Wortman Jofré y Alejandro Pérez Chada, en representación de la firma de TV paga. 

Cablevisión SA había denunciado a Moreno y al director de Lealtad Comercial, Fernando Carro, por "los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público" como consecuencia de "una supuesta campaña de hostigamiento" iniciada en el año 2009 contra las empresas integrantes del Grupo Clarín mediante la utilización de los mecanismos de control que la Ley 22.802 le otorgaba a dicha Dirección. Concretamente, hizo mención de diferentes requisitorias formuladas por el órgano de control que, a su modo de ver, habrían sido adoptadas sin sustento legal por ser totalmente alejadas del objeto de la mencionada ley y con la verdadera finalidad de perjudicar el normal desenvolvimiento comercial de las empresas".
El 14 de diciembre de 2012, el juez federal de primera instancia Daniel Rafecas había sobreseído a ambos funcionarios, tras considerar que "actuaron dentro del marco de sus facultades". 
Los abogados del Grupo Clarín apelaron la medida y se quejaron porque no se habían agotado las medidas de prueba propuestas, entre ellas "llamar a declarar a los apoderados de Cablevisión" y "comparar la política aplicada a Cablevisión con la de otros operadores de cable". Las sanciones aplicadas por la Secretaría de Comercio contra Cablevisión fueron confirmadas por dos salas de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.  Ese fue uno de los argumentos del abogado Alejandro Rúa, defensor de Moreno y Carro. Y fue tomado en cuenta en el fallo de la Cámara.
"Los denunciantes refirieron que el proceder de Carro y Moreno sería ilícito por haber emitido resoluciones contrarias a la ley o a la Constitución Nacional. Sin embargo, las constancias de autos revelan un panorama distinto al invocado. Por un lado, porque las acciones que se han impugnado cuentan con suficiente respaldo normativo en cuanto refiere a la competencia de los funcionarios que las han emprendido. Por el otro, porque la inferencia de los denunciantes acerca de una motivación ilícita no encuentra correlato en ninguna de las pruebas de la causa; al contrario, aquellas tienden a descartar cualquier sospecha en ese sentido", destacaron los camaristas Jorge Ballestero, Eduardo Farah y Eduardo Freiler. Los tres coincidieron en que la investigación llevó a "descartar que los funcionarios hayan abusado de su autoridad al dictar las respectivas resoluciones y, en consecuencia, no posibilita presumir que estas hayan sido corolario de una práctica de hostigamiento". Más aún: "nada indica un contexto despótico que deslegitime su labor… No hay entonces signo alguno de un eventual abuso de poder", abundaron los jueces.
No fue la primera vez que un fallo judicial descartó que hubiera razones para un reproche penal contra Moreno por esta causa. El mismo fallo que ahora lo sobreseyó recordó que en una oportunidad anterior la Cámara Federal ya había manifestado que "los sucesos que aquí fueron denunciados se encuentran enmarcados en un conflicto de neto carácter administrativo –vinculado con la operación de concentración económica a través del cual el Grupo Clarín adquirió la firma Cablevisión y esta, a su vez, compró la empresa Multicanal SA– que resulta ajena al derecho penal"
Tiempo argentino.

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